El 3 de abril de 2012 el abogado Marco Antonio Ponce Santiago tomó protesta como magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Morelos ante el Pleno de la Quincuagésima primera legislatura local. Celebró su triunfo y seguramente hizo planes sobre en qué iba a gastarse su jugoso salario por los siguientes seis años.
Sin embargo, el gusto sólo le duró 11 meses, pues el 13 de marzo de 2013 la Quincuagésima Segunda Legislatura aprobó un nuevo decreto que dejó sin efectos el nombramiento.
¿Qué ocurrió? Resulta que cuando fue su elección la cámara de diputados estaba integrada por muchos suplentes en virtud de que los propietarios habían pedido licencia para participar en las votaciones de ese año, así que muchos no sabían ni qué estaban haciendo ahí.
En aquella ocasión los asesores de los diputados optaron por armar ternas para sustituir a los cuatro magistrados que ya habían terminado sus periodos. Para cubrir la vacante de Ricardo Rosas Pérez propusieron a Alejandro Hernández Arjona, Nicolás Garduño y el mencionado Marco Antonio Ponce Santiago, en el entendido de que sólo sería magistrado aquel que obtuviera las dos terceras partes de la votación que en aquel tiempo era de 30 diputados.
Cuando hicieron el conteo resultó que había 16 votos a favor de Marco Antonio Ponce Santiago, cinco votos para Alejandro Hernández Arjona y dos votos para Nicolás Garduño.
El presidente de la Mesa Directiva declaró un receso (para explicarles a los nuevos diputados cómo funciona el Congreso) y posteriormente volvieron a votar. Ahora, Marco Antonio Ponce Santiago recibió el respaldo de 26 diputados y de inmediato procedieron a tomarle la protesta de ley.
Pasaron los días, le asignaron ponencia en el Tribunal Superior de Justicia y se puso a trabajar. Pero no contaba con que uno de los 30 aspirantes a ese mismo cargo que no resultó favorecido, el abogado experto en derecho bancario Jaime Castera Toscano, interpondría un recurso de amparo ante la justicia federal.
En primera instancia –como se dice en el argot abogadil- “le dieron palo”. En el juicio de amparo radicado en el Juzgado Quinto de Distrito, bajo el número de expediente 672/12-III, con fecha 12 de junio de 2012, se dictó resolución definitiva, en el que se resolvió sobreseer por cuanto a algunos de los actos reclamados y negar el amparo por cuanto a otros.
Con fecha 25 de septiembre de 2012, Jaime Castera Toscano impugnó a través del recurso de revisión respectivo, la determinación antes mencionada y con fecha 22 de febrero de 2013, el Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, resolvió el toca 367/2012 a favor del litigante.
Los magistrados federales le dieron la razón a Castera:
El artículo 117 de la Ley Orgánica para el Congreso del Estado, es claro en precisar la obligación de devolver el dictamen respectivo para que se realice uno nuevo y se ponga a consideración del Pleno para la votación respectiva. “Por lo que, al no haberse hecho de esa manera (al votar dos veces por la misma terna), se considera que se vulnera en contra del quejoso la garantía del debido proceso, al no haberse respetado las formalidades del procedimiento para designar un Magistrado Numerario, en el cual participó.
“En esas condiciones, al no haberse respetado las formalidades del procedimiento de designación de Magistrado Numerario del Tribunal Superior de Justicia del Estado, por las razones precisadas, lo que procede es conceder el amparo solicitado, para el efecto que las autoridades responsables vuelvan las cosas al estado que se encontraban al momento en que ocurrió la violación alegada y así restituyan a la parte quejosa en el pleno goce de las garantías individuales que le fueron transgredidas”, decía la sentencia.
Injustamente, la justicia federal ordenó que se repusiera el procedimiento, pero no dijo que dicho cargo le fuera concedido al peticionario.
“Desde luego, se deberá dejar sin efecto el nombramiento expedido al aquí tercero perjudicado, Marco Antonio Ponce Santiago como Magistrado Numerario del Tribunal Superior de Justicia del Estado y removerlo del cargo citado; en la inteligencia, que debe considerarse válido todo lo actuado por éste último, hasta el momento de su separación sin que proceda exigirle el reintegro de las percepciones recibidas, pues, los actos reclamados se originaron del resultado del proceso de elección de un órgano legítimo”, advertían los magistrados federales.
El pasado 5 de julio ocurrió algo extraño en la sesión de la Quincuagésima Cuarta Legislatura. Ya se habían leído los nombres de los 102 aspirantes a una magistratura cuando la diputada Alejandra Flores dijo que había un error en las cédulas.
“Hubo un error, permítanos un momento para solucionarlo” se escuchó en la transmisión vía Youtube de esa casi medianoche.
Hoy se sabe que ese error era que el nombre de la aspirante Marta Sánchez Osorio llevaba una “h” entre la t y la a, como se acostumbra en casi todas las Marthas. Y resultó que la ganadora de entre los 102 aspirantes fue precisamente Marta Sánchez Osorio, quien casualmente estaba presente en las cercanías del recinto legislativo.
Ese “error” que tuvo como consecuencias que se repusiera la lista de aspirantes pudiera ser una de las tres causales de un alud de amparos contra la designación de los cuatro magistrados que tomaron protesta el cinco de julio y a los que ya hasta les asignaron ponencia.
Muchos de los aspirantes estarán reclamando que el presidente de la Junta Política, Javier García Chávez, no es el mismo que estuvo en las entrevistas a los candidatos, lo que viola el principio de continuidad consagrado en nuestra constitución. La única que estuvo en todas las comparecencias fue la entonces presidenta, Ariadna Barrera Vázquez, quien casualmente fue la única que no estuvo en la sesión en la que designaron magistrados.
La otra causal puede ser la paridad de género, dado que si eran cuatro lugares, y los que ocupaban esos cargos eran dos hombres y dos mujeres, lo lógico era que las designaciones también recayeran en dos hombres y dos mujeres.
Ahora, los tres magistrados y la magistrada, trabajarán en la incertidumbre de no saber cuál será su última quincena y si correrán la misma suerte que Ponce Santiago. Y de ser cierto que desembolsaron alguna cantidad de dinero, en todos esos casos aplica la máxima de que “lo caído, caído”, es decir, que no hay devoluciones.
HASTA MAÑANA.