Con lo que incluyó a los trabajadores de confianza en la protección a la permanencia en el empleo, y dispuso, sin salvedad, que dentro de los derechos de los trabajadores al servicio del Gobierno del Estado de Morelos y sus municipios, está el de conservar el empleo, cargo o comisión de los que sean titulares, mientras no incurran en causas de separación que señale la Ley.
Lo que implica que en caso de despido injustificado pueden ejercer los derechos inherentes al mismo, es decir, puede demandar en forma similar el personal de confianza que pudieran ser tesorero, secretario municipal, contralor y directores de los ayuntamientos, lo que es un exceso a la ley, ya que actualmente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los derechos del personal de confianza son exclusivamente limitados a la protección al salario y a los beneficios de la seguridad social.
Es importante mencionar que la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señala claramente que los trabajadores de confianza al servicio de las entidades federativas están excluidos del derecho a la estabilidad en el empleo; esta situación se extiende a diversos estados tales como los de México, Nuevo León, Jalisco, Morelos e incluso a los trabajadores de la Federación, por lo que la propuesta que hará el presidente municipal se fundamenta en la reforma a los artículos 23 y 24 de la Ley del Servicio Civil y evitar así más demandas del personal de confianza contra los gobiernos.
“Es fundamental la reforma a la ley para evitar que sigan las personas que abusan del cargo y afectan a los gobiernos y a los gobernados porque realmente a quien le hacen daño es al pueblo porque el dinero que se paga en los laudos laborales pudieran ser dedicados para obras o acciones de beneficio social para los más necesitados y la mayoría del pueblo”, finalizó.