La Comisión de Selección postergó la designación de los cinco miembros del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción hasta que quede firme la sentencia sobre el amparo que promovieron los integrantes del comité extinto por el Congreso local.
Estaba previsto que la Comisión de Selección sesionara públicamente la tarde de este lunes para hacer los nombramientos, pero por la noche emitió un comunicado para recular y postergar la designación hasta que se agote el proceso judicial.
“La Comisión de Selección del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos (SEA Morelos) determinó no proceder con la designación de los integrantes del Comité de Participación de dicho sistema hasta que quede firme la sentencia sobre el amparo indirecto número de expediente 667/2017.
“En opinión de la Comisión de Selección, esta decisión es congruente con los valores de la prudencia y el respeto que en todo momento han prevalecido frente a las determinaciones del Poder Judicial de la Federación”, estableció el comunicado.
Detalló que las y los comisionados seleccionadores consideraron innecesario exponer el proceso a mayores riesgos jurídicos y políticos, y reiteraron su compromiso con la transparencia, la rendición de cuentas y la comunicación de cara y a la altura de la sociedad morelense.
La Comisión de Selección agradeció la confianza de los 16 hombres y mujeres que pasaron a la etapa final del proceso y aspiran a formar parte del Comité de Participación Ciudadana del SEA, y reconoció el rigor jurídico de la sentencia emitida por el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Morelos, Carlos Anuar Jaimes Torres, “que nos sirve de inspiración para seguir actuando con el más alto grado de rigor y profesionalismo”.
Hace unos días, la Comisión de Selección fue notificada de la resolución del Juez Segundo de Distrito en el Estado de Morelos, quien resolvió sobreseer el amparo indirecto 667/2017, promovido contra el artículo tercero transitorio del Decreto 1839, por el que el Congreso reformó diversas disposiciones de la Constitución local, para derogar los nombramientos de los anteriores integrantes del CPC y nombrar a nuevos miembros.
Inicialmente, el órgano seleccionador consideró que, si bien los quejosos tienen hasta el viernes 26 de enero del presente año para interponer un recurso de revisión contra el sobreseimiento de la demanda de garantías, la suspensión no surtiría efecto durante los 10 días hábiles posteriores a la sentencia, lo que le permitiría sesionar y hacer los nombramientos.
Sin embargo, decidió recular y esperar a que se agote el proceso jurídico en curso, para evitar poner en riesgo las designaciones y dar certeza.