Política
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El TJA hará un registro de litigantes


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Así lo disponen recientes reformas a la ley del órgano.

El Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) deberá hacer un registro de los abogados que litiguen en este órgano jurisdiccional y crear un Pleno Especializado para el desahogo de asuntos relacionados con responsabilidades administrativas de servidores públicos.

Con la vigencia de las últimas reformas a La Ley de Justicia Administrativa, este tribunal está obligado a crear un registro de abogados que garantice que cuenten con título universitario y cédula profesional para ejercer, para dar certeza jurídica a los justiciables de que sus representantes legales son profesionales del derecho.

La reforma en vigor desde el 1 de septiembre también dotó al TJA de facultades para que en los procedimientos de designación de beneficiarios de elementos de seguridad pública, se garantice a los menores, incapacitados o adultos mayores el derecho a percibir el mínimo vital que les permita subsistir, mientras se concluye el procedimiento.

“Esto atendiendo a la dura realidad que viven las familias de los elementos de seguridad del Estado o de los Municipios acaecidos (sic) en servicio, los cuales en muchos de los casos el elemento de seguridad finado era el único sustento para la familia”.

Además, se realizó una “reingeniería” al Tribunal de Justicia Administrativa para otorgarle funcionalidad a su nueva integración, al pasar de cinco a siete el número de magistrados, y dar paso a la creación de un Pleno Especializado conformado por cuatro magistrados para desahogar principalmente los recursos que se interpongan en los procedimientos ordinarios y en los que se apliquen sanciones derivadas de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

En un artículo transitorio, estableció que prevalecen los derechos adquiridos por los magistrados titulares de la Cuarta y Quinta Sala, Manuel García Quintanar y Roque González Cerezo, respecto de sus adscripciones a las dos Salas Especializadas en Responsabilidades Administrativas, por el plazo para el que originalmente fueron designados, así como respecto de la rotación de la Presidencia del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos.

Es decir, que ambos conformaron el Pleno Especializado, al igual que los dos nuevos magistrados que, en su momento, nombre el Congreso.  

La disposiciones reformadas son los artículos 1, 4, 10, 12, 13, 16, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26 y 28; y se adicionó el artículo 3 Bis de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos.

 

 

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Maciel Calvo

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