Sala Regional del TEPJF modificó sentencia del TEE por invadir competencia
La diputada Naida Josefina Díaz Roca dejará de representar al Partido Social Demócrata (PSD) en el Congreso de Morelos, luego de que la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación modificó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) por invadir competencia.
Luego de que diciembre de 2018 la dirigencia estatal del PSD desconoció a Díaz Roca como su representante ante el Congreso y la “expulsó” del partido, el tribunal local resolvió que la Comisión Estatal Autónoma de Conciliación y Justicia Partidaria violentó los derechos de la legisladora al no emplazarla a audiencia, y ordenó dejar sin efectos el oficio del representante del PSD presentado ante el Poder Legislativo, por el cual retiraba a la diputada la representación de ese partido ante el parlamento e implicaba la suspensión de prerrogativas y dietas como integrante de la Junta Política y de Gobierno.
Por mayoría de votos, la Sala Regional consideró infundado el argumento del PSD respecto a la supuesta doble afiliación de la diputa al PT y PSD, y consideró que el partido sí violentó el debido proceso.
Pero también la Sala dio la razón al partido actor respecto a que el tribunal local le impuso como representante ante el Congreso local a una ciudadana que no se encuentra afiliada al PSD y truncó su facultad discrecional de designar a sus propios representantes ante el órgano legislativo.
En su resolución, determinó que el TEEM “se excedió en su actuar cuando emitió un pronunciamiento en torno a una temática que no es de naturaleza electoral sino, a todas luces, perteneciente al derecho parlamentario.
“Esto es, cuando el Tribunal local se pronunció en torno a los alegatos de la ciudadana Naida Josefina Díaz Roca, en los que ella adujo vulneración a sus derechos político-electorales como integrante de la Junta Política y de Gobierno y de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, ambos del Congreso local, la responsable actuó de manera incorrecta al incluir a actos políticos como parte del derecho político-electoral de ser votado, inobservando que corresponden al derecho parlamentario”.
En consecuencia, la Sala Regional Ciudad de México modificó la sentencia del tribunal local y revocó la orden el TEEM que dejó sin efectos el oficio del representante del PSD, por el cual se retiró a Díaz Roca la representación del “grupo parlamentario” del partido ante el Congreso y que implicaba el retiro de prerrogativas a la legisladora al ya representar a una fracción legislativa.
La magistrada de la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF, María Silva Rojas, emitió un voto particular en este asunto por considerar que el partido actor no tiene legitimación para acudir a este órgano jurisdiccional. No obstante, la sentencia podría aun ser recurrida ante la Sala Superior sólo en caso de que haya algún alegato sobre presunta inconstitucionalidad de la resolución.