El magistrado expresó su indignación por las acusaciones de la diputada petista de que con base en “razonamientos jurídicos de risa” se dictó la libertad de los imputados (acusados de violación) y que la impartición de justicia “se vende, se renta y se prostituye”.
Hizo un llamado a la prudencia y no mandar a la sociedad mensajes incorrectos, pues en este caso los tres magistrados que integran la Primera Sala y resolvieron el recurso de casación que concluyó en la absolución de los dos ronderos, estuvieron apegados a derecho y cumplieron con cada una de las exigencias técnicas y jurídicas.
Detalló nuevamente que la determinación a favor de los dos imputados obedeció a que técnicamente no existía prueba fehaciente que determinara su responsabilidad en el delito de violación tumultuaria.
Expresó que en ninguno de los tres dictámenes médicos integrados en el expediente de la causa penal consta la auscultación ginecológica, cuya valoración es imprescindiblemente necesaria para comprobar que ocurrió la cópula y consecuentemente la violación en agravio de la mujer de 21 años de edad.
Explicó que si bien la víctima presentaba lesiones externas en el cuerpo, no hubo acreditación del delito sexual y en dado caso se hubiera configurado el delito de lesiones, pero la casación resuelta por la Primera Sala versó sólo por el delito de violación.
Dijo que la legislación penal exige la evaluación ginecológica para comprobar que hubo penetración y desgarramiento interno para configurar el delito de violación, pero esto no ocurrió porque la agraviada se negó a ser auscultada como consta en los informes médicos integrados en el expediente.
Además, señaló, la evaluación psicológica realizada a la ofendida determinó que su conducta no correspondía con las reacciones de una persona que ha sido atacada sexualmente y amenazada, pues –según dice el dictamen- la joven presentaba un comportamiento normal y se mostró sonriente en todo momento.
Ángeles Arenas dijo estar tranquilo con la resolución que de manera colegiada y por unanimidad emitió la sala que preside, pues incluso este caso no fue resuelto en los diez días que marca la ley sino en un plazo de un mes ante el análisis profundo y minucioso que ameritó.
Insistió en que no había argumentos legales para ratificar la sentencia de 28 años de prisión dictada en primera instancia en contra de los dos ronderos y hubiera sido irresponsable dejar en la cárcel a dos personas sin haber elementos de prueba fehacientes en su contra.
Bajo este contexto, el juzgador dijo que solicitará al titular del TSJ, Miguel Ángel Falcón Vega, que sea el puente para generar un encuentro institucional con la diputada petista y otros legisladores con sus respectivos asesores, para que puedan conocer directamente la resolución y disipar cualquier duda para que constaten que el caso fue resuelto conforme a derecho.
2 comentarios
Hey
Magistrado, no hagas caso al comentario del Sr. Fernando Macias, yo pienso… Compartelo!
Hey
A este Magistrado, estamos ciertos que no lo persigue la corrupción, se… Compartelo!