De acuerdo con la resolución del Juzgado Séptimo de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región en el expediente 1395/2010, se otorgó la protección de la justicia federal al representante universitario porque la Auditoría Superior Gubernamental (ahora Auditoría Superior de Fiscalización), omitió fundar y motivar las sanciones que le impuso en junio de 2010 derivadas del procedimiento administrativo ASG/UAJ/PAR/017/08-10.
Con base en la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado de Morelos, la extinta ASG impuso dos multas de ocho salarios mínimos cada una y el resarcimiento de 33 mil 882 pesos con 56 centavos, que tendrían que ser reintegrados a la Tesorería de la UAEM.
Según el órgano fiscalizador, la rectoría no habría justificado el faltante –equivalente a la cantidad que le se requirió integrar a las arcas universitarias- y como responsable del manejo del presupuesto universitario Bilbao Marcos fue sancionado.
Sin embargo, el juzgado de distrito determinó que hubo violaciones a las garantías del rector de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos al no motivar y justificar debidamente tanto las razones de la sanción como su monto.
Por tal razón, la autoridad federal le otorgó un amparo para efecto de que el órgano fiscalizador deje insubsistente la resolución impugnada y emita otra subsanando los vicios de motivación y fundamentación.
Incluso, el juzgado federal ya ha requerido en dos ocasiones a la Auditoría Superior de Fiscalización para que de cumplimiento a la ejecutoria de amparo.