Política
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Revisan fallos sobre destitución de alcaldes


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La anterior Legislatura omitió acatar resoluciones de la SCJN.

El Congreso del estado inició la revisión de los procedimientos de suspensión definitiva o destitución en contra de los presidentes municipales de Cuautla, Jonacatepec, Xochitepec, Ocuituco y Ayala, por incumplimiento de laudos, con base en las resoluciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).


Durante la sesión de la Comisión de Gobernación y Gran Jurado del Congreso del estado, el diputado presidente Arturo Pérez Flores informó acerca de los cinco procedimientos que se encontraban detenidos en el órgano legislativo desde el 2020.


Explicó que de manera injustificada, durante los últimos meses de la LIV Legislatura, la Comisión de Gobernación y Gran Jurado dejó de sesionar, por lo que no desahogó varios de los expedientes abiertos, entre los que se encontraban los iniciados en contra de los cinco presidentes municipales en acatamiento a una resolución judicial por incumplimiento en el pago de laudos.


El diputado Pérez Flores pidió a la secretaría técnica de la Comisión iniciar la revisión de dichos casos, a fin de acatar lo que la SCJN mandató, pues de lo contrario los diputados locales incurrirían en una falta grave.


"La Comisión de Gobernación y Gran Jurado acatará las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a los ordenamientos de suspensión definitiva y/o destitución de presidentes municipales por incumplimiento de pago de laudos laborales", afirmó el legislador de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).


Por poner un ejemplo, en un caso contra el ayuntamiento de Cuautla el laudo impagado que originó la causa asciende a más de un millón 100 mil pesos, pero el procedimiento de destitución de las autoridades había sido rechazado en junio del 2020 por el Congreso del estado, que se declaró incompetente para atender y resolver.

Sin embargo, el ex trabajador afectado promovió un segundo recurso ante la Corte, que ordenó a los diputados locales actuar con base en lo que señala el artículo 115 de la Constitución Política del Estado y proceder a la suspensión definitiva o a la destitución del alcalde en cuestión, según sea el caso.

 

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Ana Lilia Mata

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