TEPJF ordena a TEEM valorar si José de Jesús Pedroza violó principio de laicidad.
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) emitir una nueva resolución, en la que analice si el ex candidato del Partido Encuentro Social Morelos (PESM) a la alcaldía de Jojutla, José de Jesús Pedroza, incurrió en alguna infracción al participar en un evento religioso.
Por unanimidad, el Pleno de la Sala revocó la resolución del tribunal local que declaró inexistentes las infracciones consistentes en la vulneración al principio de laicidad atribuidas al entonces candidato PESM a la presidencia municipal de Jojutla y ordenó emitir una sentencia.
Al resolver el juicio SCM-JE-134/2021, promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), determinó que el TEEM faltó al principio de exhaustividad, debido a que solo hizo alusión a la asistencia del entonces candidato al evento de la “Santa Cruz” y una de las frases que aparece en las publicaciones de la red social Facebook, pero no realizó un análisis contextual sobre las actividades dentro del evento, las fotografías publicadas, las imágenes religiosas utilizadas y las expresiones que en cada una de las publicaciones.
Sobre la falta de pronunciamiento sobre la nulidad de la elección, se explicó que no fue un argumento presentado en el escrito de denuncia, aunado a que la resolución local se emitió dentro de un procedimiento sancionador, cuyo fin es la investigación de infracciones administrativas en materia electoral.
En consecuencia, la Sala revocó la resolución local para que el TEEM analice de manera conjunta y concatenada las imágenes y las expresiones contenidas en las publicaciones realizadas por el entonces candidato, así como lo concerniente al PESM, y determine si se actualiza la infracción denunciada.