Política
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Ordenan vincular a proceso a exsecretaria de Obras


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Tribunal colegiado revoca resolución de la Segunda Sala del TSJ y ordena emitir una nueva.

Un tribunal colegiado revocó la resolución de la Segunda Sala del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y ordenó emitir una nueva, en la que se vincule a proceso a la ex secretaria de Obras Públicas, Patricia Izquierdo Medina, por no haber licitado una obra con un costo superior a los 75 millones de pesos.


El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito resolvió conceder la protección de la justicia federal al Gobierno del Estado de Morelos, quien impugnó la sentencia emitida en octubre de 2019 por la Segunda Sala, con dos votos a favor y uno en contra, por la que se eximía a la funcionaria.


De acuerdo con la sentencia del amparo directo 122/2021, el tribunal federal consideró que si existe la presunción de la comisión de un delito, razón por la cual dejó insubsistente la resolución  de la sala y le ordenó  que “dicte una nueva sentencia en la que confirme el auto de vinculación decretado en contra de Patricia Medina Izquierdo por el delito de ejercicio abusivo de funciones”.


El 6 de mayo de 2019, una juez de control resolvió vincular a proceso a la ex secretaria de Obras del gobierno de graquista Patricia Izquierdo Medina, así como  a José Gonzalo Mariscal Álvarez y Hugo Rivera Tovar, ex subsecretario de Evaluación y ex director General de Licitaciones y Contrataciones de la Secretaría de Obras, por haber adjudicado directamente y sin cumplir con los requisitos legales la demolición y construcción de la Escuela de Estudios Superiores en el municipio de Jojutla, por un monto superior a los 75 millones de pesos, a la empresa Ago Operaciones S.A. de C.V. 


El 22 de octubre de ese mismo año, la Segunda Sala del TSJ resolvió el recurso de apelación promovido por los tres ex funcionarios. El magistrado ponente y actual titular del TSJ, Rubén Jasso Díaz, y la magistrada, Carmen Aquino Celis votaron a favor de la revocación de la vinculación a proceso a Izquierdo Medina, mientras que el magistrado Carlos Iván Arenas Ángeles, voto en contra y emitió un voto particular por considerar que el veredicto aprobado por mayoría resultaba incongruente. 


De acuerdo con los argumentos expuestos por el magistrado ponente, no había indicios para imputar a Patricia Izquierdo el presunto delito de ejercicio abusivo de funciones, ya que la obra fue autorizada y adjudicada directamente por el Comité de Obra Pública y Servicios Relacionados (el cual la ex funcionaria presidía) en la sesión del 13 de diciembre de 2017 a la empresa Ago Operaciones S.A. de C.V., con base en los ocho supuestos de excepción previstos en el artículo 39 de la Ley de Obras Públicas, que permite adjudicar una obra sin licitación pública y directamente cuando se rebasaba el tope de dos millones 500 mil  pesos, estipulado en la Ley de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de 2017. 


En consecuencia, por mayoría, el tribunal de alzada consideró fundada la apelación promovida por la ex secretaria de despacho y resolvió revocar la vinculación a proceso, la cual ahora deberá quedar insubsistente.


Sin embargo, por unanimidad, la sala confirmó la vinculación a proceso del ex subsecretario de Evaluación y ex director General de Licitaciones y Contrataciones de la Secretaría de Obras, por el presunto delito de ejercicio ilícito del servicio público, porque habrían incumplido con sus funciones previstas en la Ley de Obra Pública local y su reglamento, en virtud de que permitieron la celebración del contrato con la empresa Ago Operaciones S.A. de C.V, sin verificar antes que cumpliera con los requisitos previstos la normatividad.

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Maciel Calvo

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