Política
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Desechan demanda de amparo de diputadas contra modificación de comisiones legislativas


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Juzgados federales desecharon las demandas de amparo y la denuncia por incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad promovidas por varias diputadas de la LV Legislatura, quienes pretendían impugnar la modificación de las comisiones que integraban, en medio del conflicto político que dividió al Congreso en dos grupos y trabó la aprobación del presupuesto 2022.

Los juzgados Segundo, Cuarto y Quinto de Distrito desecharon los juicios de amparo 1737/2021, 1750/2021 y 1748/2021 promovidos por las diputadas Mirna Zavala Zúñiga, Edie Margarita Soriano Barrera y Ariadna Barrera de los partidos Encuentro Social (PES) y Morena, respectivamente, contra el acuerdo legislativo por el cual fueron removidas de la presidencia o de las comisiones a las que pertenecían hasta el 12 de diciembre.

Los jueces federales, conforme a los acuerdos emitidos en cada caso, coincidieron en el criterio y desecharon las demandas promovidas por las legisladoras, esencialmente porque consideraron que “el juicio de amparo promovido es improcedente contra la sustitución, remoción, cambio, designación o movimiento dentro de los órganos de dirección y trabajo de la Legislatura del Estado de Morelos y, en general, todos aquellos relativos al funcionamiento interno de aquella.

“Esto es así, pues no se tratan de actos de autoridad para efectos del amparo, habida cuenta que precisamente por la naturaleza de esos actos se actualiza una imposibilidad jurídica consistente en que no resulta constitucional ni jurídicamente válida la intromisión del Poder Judicial de la Federación, por conducto del juicio de amparo, en ese tipo de decisiones soberanas que competen únicamente al órgano en cuestión y en relación directa con sus integrantes”.

“De ahí que, además, no se evidencia afectación alguna, aun a título indiciario, a derechos sustantivos inherentes a la condición humana de la parte quejosa como un sujeto sometido a la potestad del Estado, ni su consiguiente irreparabilidad”.

“Sobre esas bases, es claro que se actualiza la inviabilidad del juicio de modo manifiesto e indudable, atento a que los actos reclamados derivan de una facultad de quienes fueron señaladas como responsables (y) que no puede(n) válidamente ser sujeta(s) a control judicial; así, con fundamento en el artículo 113 de la ley en cita, se desecha de plano la demanda de amparo”, estableció el acuerdo emitido por el Juez Quinto de Distrito en el caso de la diputada morenista Adriana Barrera, y cuyos argumentos son similares a los emitidos por otros juzgadores en los casos de otras legisladoras.

El Juzgado Noveno de Distrito también desechó la denuncia por incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad 5/2021, intentada por la diputada Edie Margarita Soriano Barrera, luego de que el grupo de diputados adversarios tomó decisiones con solo 11 votos y no con los 14 votos (mayoría calificada) que exige la Ley Orgánica del Congreso y como lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En el caso del juicio de amparo promovido por la diputada del Partido del Trabajo Tania Valentina Rodríguez Ruiz, el Juzgado Sexto de Distrito, dentro del expediente 1711/2021, reservó su pronunciamiento sobre la admisión o no de la demanda hasta que se atienda la prevención, para efecto de que la legisladora cubra algunos requisitos legales, tales como su acreditación como representante popular y su pertenencia a las comisiones de las que habría sido relevada.

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Maciel Calvo

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