En término jurídicos, con la resolución del Tribunal Colegiado se agotaron los medios de defensa de los “concesionarios piratas”, pero una de las estrategias para mantener el litigio e intentar conseguir una tercera suspensión para continuar operando más de 200 unidades es recurrir al recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación alegando la supuesta inconstitucionalidad de algunas disposiciones de la Ley de Justicia Administrativa, en la cual el pleno del Tribunal Contencioso Administrativo se fundamentó para resolver el sobreseimiento de los cuatro juicios promovidos por la Uclat y otros particulares.
Hasta el momento, el Tribunal Colegiado no ha emitido ningún acuerdo sobre si son o no procedentes los recursos de revisión y su envío a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues se tiene que analizar si efectivamente el recurso reúne ciertos requisitos y si efectivamente hay algún tópico que amerite el debate sobre su inconstitucionalidad o no.
Sin embargo, integrantes de la Uclat y algunos particulares han enviado sendos oficios a la Dirección General del Transporte y al Tribunal Contencioso Administrativo advirtiendo la promoción de los recursos de revisión y alegando que existe una tercera suspensión para seguir operando y no puedan ser detenidas más de 200 unidades piratas.
Sin embargo, aún no hay un acuerdo sobre la admisión de los recursos y esto significa que la Dirección del Transporte tiene la facultad de continuar con el retiro de dichas unidades hasta que se determine si procede el recurso de revisión o se desecha. En caso de admisión, lo concesionarios piratas conseguirían tiempo para operar.