TEPFJ ratifica acuerdo del Consejo General del INE.
Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que se emiten los lineamientos para la verificación de los padrones de personas afiliadas a los partidos políticos nacionales y locales.
El asunto tuvo su origen en el recurso de apelación presentado por el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) para impugnar tales lineamientos, porque consideró que existía falta de armonía, fomentaba la presentación de quejas por indebida afiliación y eliminaban el mecanismo alternativo que permitía a las personas solicitar la simple cancelación de sus datos.
La Sala Superior confirmó los lineamientos, porque sí cumplen con su objetivo y otorgan dos mecanismos distintos y armónicos entre sí para que las personas puedan desafiliarse de un partido político.
El primero –precisó- es la solicitud de baja, con la que se busca simplemente cancelar la afiliación, sin necesidad de presentar una queja. El segundo es la queja, que se interpone cuando la afiliación se haya hecho de forma indebida y persigue la imposición de sanciones para el partido responsable.
Los formatos de solicitud de baja y de queja son documentos que la autoridad pone a disposición de las personas para facilitar el trámite. Por tanto, su utilización es opcional y de ninguna manera pretenden fomentar la presentación de quejas