Política

Los titulares de sistemas de agua deberán tener certificación del IMTA


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Deberán ser electos mediante terna y cumplir una serie de requisitos, entre ellos, ser especialistas y tener experiencia en el rubro hídrico.

Desde ahora, las personas que encabecen los sistemas operadores de agua potable deberán ser electos mediante terna y cumplir una serie de requisitos, entre ellos, ser especialistas y tener experiencia en el rubro hídrico.


Con su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, entraron en vigor las reformas y adiciones realizadas por el legislador a la Ley Estatal de Agua Potable que, según su justificación, pretende que las personas titulares de los organismos operadores del agua sean profesionales en el ramo y tengan continuidad en su encargo.


Para ello, adicionó el artículo 25 Bis para definir los seis requisitos mínimos que el director o directora de los organismos operadores deberán cumplir: 1) Ser preferentemente ciudadano morelense por nacimiento o por residencia con tres años comprobados; 2) Estar en pleno ejercicio de sus derechos y no tener impedimento legal alguno; 3) Tener conocimiento y experiencia en materia administrativa; 4) Contar con certificación técnica expedida por el Instituto Mexicano de Tecnología de Agua (IMTA); 5) Acreditar tres años de experiencia en el sector hidráulico, en un sistema u organismo operador o institución para la gestión del manejo del agua; 6) Ser mayor de 25 años de edad.


Además, estableció que para la designación de la persona titular de la dirección general se integrará una terna que enviará el presidente municipal a la Junta de Gobierno y la persona designada durará en el encargo tres años, pudiendo ser ratificado por un periodo más.


También fue adicionado un párrafo al artículo 49 de la Ley Estatal de Agua Potable para fijar la obligación de los ayuntamientos para realizar un padrón de los grupos organizados de usuarios del sector social sin fines de lucro, a los que se les haya concesionado la prestación del servicio público de agua potable, por lo que el municipio informará cada dos años de dicho padrón a la Comisión Estatal del Agua para un debido control y vigilancia.


También las reformas y adiciones a la ley ampliaron las facultades de la Comisión Estatal del Agua para realizar campañas y acciones para el ahorro y cuidado del vital líquido.

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Maciel Calvo

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