Para que se pronuncie sobre el desafuero del fiscal de Morelos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) apercibió a la Cámara de Diputados federal para que resuelva la solicitud de juicio de procedencia promovida por la Fiscalía General de la República (FGR) para el desafuero del fiscal General de Morelos, Uriel Carmona Gándara.
Luego de fenecer el plazo de diez días hábiles para que la legislatura federal se pronunciase al respecto, el tribunal constitucional dio un nuevo plazo, pero acompañado de un apercibimiento de multa en caso de ser omiso en el cumplimiento de la sentencia de la controversia constitucional 151/2021.
“Se requiere nuevamente a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por conducto de quien legalmente la representa, para que dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, informe a este Alto Tribunal sobre la nueva determinación respecto de la solicitud de declaración de procedencia formulada por la Fiscalía General de la República, en los términos ordenados en la presente ejecutoria. Para tal efecto, deberá remitir copia certificada de las documentales con las que acredite su dicho. En caso de incumplir con lo anterior, se le aplicará una multa”, estableció el acuerdo de la SCJN.
El 15 de diciembre de 2020, la Fiscalía General de la República (FGR) presentó ante la Sección Instructora de la Cámara de Diputados federal la solicitud de juicio de procedencia o desafuero contra el fiscal de Morelos, por supuestamente no contar con los exámenes de control de confianza al momento de su designación en febrero de 2018, y haber realizado diversos nombramientos en la fiscalía estatal sin que las personas designadas contasen con las evaluaciones exigidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Bajo estos supuestos, la FGR solicitó el desafuero de Carmona Gándara para imputarlo penalmente ante un juez por la presunta comisión de los delitos de ejercicio ilícito del servicio público, previsto y sancionado en los artículos 214 y 212 del Código Penal Federal, y contra el funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Publica, previsto y sancionado en el artículo 139 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Publica.
El 3 de mayo de 2021, la Sección Instructora, entonces presidida por el ahora ex diputado de Morena Pablo Gómez, por mayoría de votos, determinó que el fiscal estatal no contaba con fuero constitucional y, cinco meses después, el 14 de septiembre, ya con la nueva legislatura, la Cámara de Diputados por mayoría respaldó el dictamen de la Sección Instructora.
Paralelo a los juicios de amparo promovidos por el fiscal estatal, en noviembre de ese año, el Congreso de Morelos salió en defensa de Carmona Gándara y promovió la controversia constitucional 151/2021, la cual fue resuelta el pasado 12 de julio por la Primera Sala de la SCJN y determinó que el fiscal morelense tenía fuero constitucional.
Uno de los resolutivos fue que la Cámara de Diputados debe emitir un pronunciamiento respecto a la solicitud del juicio de procedencia solicitado por la FGR para imputar al fiscal, Uriel Carmona, quien ahora enfrenta cuatro procesos penales relacionados con la muerte de la joven Ariadna Fernanda y la presunta tortura, en grado de coautoría, de un detenido identificado como “El Diablo”.
Pese a que en cuatro ocasiones fue sujeto a prisión preventiva justificada en el Reclusorio Sur de la Ciudad de México y el Altiplano en el Estado de México durante casi dos meses, jueces federales otorgaron al fiscal morelense sendas suspensiones para afrontar en libertad los procesos penales, bajo la hipótesis de que actualmente cuenta con fuero.