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Sanciona TEEM a Lucía Meza por difusión extemporánea de su informe


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El Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) sancionó a la senadora y pre candidata a la gubernatura por la coalición “Fuerza y Corazón por Morelos”, Lucía Meza Guzmán.


En cumplimiento de la  sentencia de la Sala Regional Ciudad de México en el juicio del juicio electoral SCM-JE-70/2023 promovido por el Partido Acción Nacional, el Pleno del TEEM impuso una amonestación pública a Meza Guzmán por la difusión extemporánea de su tercer informe de actividades como legisladora presentado en octubre de 2021.


“En los medios de prueba que obran en los autos, quedó acreditado que su tercer informe de gestión legislativa fue difundido cinco días después de la fecha en el que el mismo se rindió; derivado de la anterior, se propone imponer a la senadora denunciada una amonestación pública, atendiendo que la única consecuencia fue que la ciudadanía de Morelos tuviera conocimiento del mismo meses después de su rendición”.


También declaró inexistente la promoción personalizada y difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, ya “que de la pruebas y demás constancias que obran en el sumario, no se acreditó ni el elemento personal ni temporal de dicha figura típica administrativa, ya que por un lado, la propaganda que supuestamente constituyó promoción personalizada, fue localizada fuera del periodo de campaña electoral del proceso 2020-2021 y, por otro lado, la misma no contuvo mensajes que hayan exaltado cualidades atributos o logros personales o gubernamentales de dicha servidora púbica”.


En otro asunto, al resolver el procedimiento especial sancionador TEEM/PES/06/2023-3 promovido por el panista Daniel Sámano Melgar, el tribunal local declaró la inexistencia actos anticipados de campaña tras la presentación de informe de labores de la senadora el pasado 22 de abril en Jardines de México.


 La parte denunciante planteó la presunción de que el informe legislativo tuvo como propósito incidir en la víspera contienda electoral, sin embargo, el TEEM estimó que  no se acreditó el fin de posicionamiento y promoción personal, ya que por ley es permitido realizar dicho informe legislativo una vez de cada año.

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La Redacción

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