El Ministerio Público debe cumplir con su obligación de investigar, resuelve la Corte
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que, cuando el Ministerio Público no investiga con diligencia los actos de tortura afecta el derecho de acceso a la justicia de las víctimas.
La Primera Sala de la SCJN resolvió la contradicción de criterios 315/2023 en la que un tribunal colegiado y un pleno de circuito sostuvieron posturas opuestas, sobre si la omisión de la fiscalía de investigar actos de tortura tiene efectos positivos —que afectan materialmente los derechos de las víctimas—, con el fin de determinar qué persona juzgadora de amparo es la competente para conocer de la misma.
En su fallo, el tribunal constitucional consideró que la omisión de investigar los actos de tortura no es una decisión meramente declarativa que carezca de efecto alguno o que no conlleve consecuencias.
Por el contrario, cuando la autoridad ministerial no investiga “de manera diligente” los delitos de tortura, afecta el derecho de acceso a la justicia de manera pronta y expedita de las víctimas de ese ilícito, lo que no cesará hasta que el Ministerio Público cumpla con su obligación de investigar.
Sostuvo que dicha omisión genera efectos positivos en las víctimas y, por esa razón, una eventual concesión del amparo implicaría que la autoridad deba cumplir con su obligación de llevar a cabo una investigación diligentemente, para que así cese la omisión y, en consecuencia, la afectación que se está generando a las víctimas.
La Primera Sala concluyó que la omisión de integrar una investigación por actos de tortura es un acto omisivo, que trae aparejados efectos positivos y, por ello, conforme a las reglas de competencia previstas en el artículo 37 de la Ley de Amparo, el juzgado de distrito competente para conocer de la demanda de amparo promovida en contra de dicha omisión, es el que tiene jurisdicción sobre el lugar en que radica la autoridad responsable, pues es ahí en donde se ejecutan los efectos de la omisión de investigar el delito de tortura.