Sala Regional Ciudad de México del TEPJF confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos.
Por mayoría, la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) que ratificó la validez de la elección del Ayuntamiento de Emiliano Zapata.
Al resolver el juicio SCM-JRC-309/2024 y sus acumulados, el pleno sostuvo que las pruebas que aportó el Partido Acción Nacional (PAN) no acreditaron la realización de actos anticipados de campaña, ya que solo presentó como indicios algunas imágenes aparentemente difundidas en redes sociales.
Por otra parte, la Sala determinó que tal como explicó el TEEM, las pruebas que aportó el partido son insuficientes para acreditar una vulneración generalizada y sistemática a la veda electoral por difusión de propaganda electoral que implique una transgresión de tal magnitud al voto libre del electorado el día de la jornada, y al principio de equidad en la contienda que debiera conllevar la declaración de nulidad de una elección. En consecuencia, la Sala Regional confirmó la resolución impugnada.
El magistrado José Luis Ceballos Daza emitió voto particular al considerar que -entre otras cuestiones- el tribunal local incurrió en una indebida valoración probatoria, ya que, en su concepto, el hecho de que las imágenes ofrecidas, no se acompañaran de otros medios de prueba o carecieran de certificación, no podía haber significado que carecieran totalmente de valor alguno, como se resolvió en la instancia local; sino que precisamente correspondía a la persona juzgadora, mediante una valoración objetiva y racional determinar el alcance y valor probatorio que realmente les merecía; por lo que estimó que debía modificarse la resolución impugnada, y confirmar la validez de la elección controvertida.