Sala Superior del TEPJF mandató al Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación continuar el desahogo de procedimientos de selección y evaluación de aspirantes a cargos.
Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF) continuar el desahogo de los procedimientos de selección y evaluación de aspirantes a cargos de personas juzgadoras.
El pasado 7 y 9 de enero, por orden de un juez de distrito, este comité evaluador suspendió el procedimiento; inconformes, un grupo de aspirantes a juzgadores federales impugnaron el acto, con el argumento de que ninguna autoridad puede suspender el proceso de elección de personas juzgadoras del PJF y que las decisiones refutadas afectan sus derechos político-electorales, pues con ellas se les impide continuar en su proceso de postulación.
A partir del proyecto de la magistrada presidenta, Mónica Aralí Soto Fregoso, por mayoría de votos, la Sala Superior revocó los acuerdos del comité evaluador, toda vez que en materia electoral no opera la figura de la suspensión, ya que la continuidad de los procesos electorales es un mandato de orden público y, por ello, es inviable detener la implementación de los procedimientos electorales.
En consecuencia, el Comité de Evaluación del PJF deberá continuar con los procedimientos de selección y evaluación de aspirantes a ser postulados a los cargos de juzgadores federales en que participan las personas actoras y que corresponden a ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados de circuito y jueces de distrito e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial.
Además, la Sala Superior consideró que el juez primero de distrito en el estado de Michoacán carece de competencia para vincular a la Sala Superior y a sus integrantes al cumplimiento de una medida cautelar emitida dentro del incidente de suspensión en un juicio de amparo, por que ordenó dar vista al Consejo de la Judicatura Federal, para que, en su calidad de órgano de transición disciplinario, determine, en el ámbito de sus atribuciones, lo que conforme a derecho corresponda respecto a la actuación del juzgador de distrito mencionado.
Instruyó también a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Sala Superior, para que derivado del actuar del juzgador federal, presente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República y se dé vista a la Comisión de Transición respecto del actuar ya analizado, para que adopte las medidas que en derecho correspondan.
Finalmente, solicitó a la SCJN pronunciarse sobre la situación de los aspirantes que se registraron para el proceso, pero que eventualmente no serán considerados como candidatos del Poder Judicial.