Política

Sanciona TEEM a excandidata Lucía Meza


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RSP conserva registro local.

El Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) resolvió sancionar a la excandidata a la gubernatura, Lucía Meza Guzmán, y al exalcalde de Tlaltizapán, Gabriel Moreno Bruno, así como determinó la conservación del registro de Redes Sociales Progresistas (RSP) como partido local.


Al resolver el procedimiento especial sancionador TEEM/PES/17/2024-2, por unanimidad, el Pleno de este tribunal sancionó con una amonestación pública a Lucía Meza, quien contendió por la gubernatura por la coalición Dignidad y Seguridad por Morelos, y al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por actos anticipados de campaña, debido a la colocación de un espectacular con la clara intención de posicionar a la otrora candidata antes del inicio oficial de las campañas.


El tribunal sostuvo que “a pesar de que el incumplimiento del contrato fue responsabilidad de la empresa proveedora, la denunciada tuvo conocimiento de la publicidad anticipada y no tomó las acciones pertinentes para retirarla, beneficiándose de ella. Este acto transgrede los principios de legalidad y equidad electoral, por lo que debe ser sancionado conforme a la normativa electoral”.
Los partidos integrantes de la coalición fueron exonerados de responsabilidad, con excepción del PRI, ya que fue quien contrató el espectacular y ameritó ser sancionado por culpa in vigilando, porque tampoco realizó actos tendientes al retiro del espectacular en tiempo y forma, y permitió que la publicidad política fuese exhibida fuera del tiempo marcado por la ley.    


En otro asunto, el TEEM, al analizar el expediente TEEM/PES/75/2024-4, también sancionó con una amonestación al exalcalde del partido Morena, Gabriel Moreno Bruno, quien contendió por la reelección y perdió, y dio vista a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la fiscalía estatal para que tome las acciones que considere necesarias, en virtud de que el exedil incurrió en promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, entrega de bienes y servicios y actos anticipados de precampaña y campaña.


Se comprobó que el excandidato morenista utilizó sus iniciales GMB en el slogan del ayuntamiento, tanto en la página de internet y redes sociales oficiales, como en la publicidad que ocupaba en eventos de la comuna, de entrega de materiales y uniformes en escuelas durante el periodo de precampaña y campaña, además de que esta promoción fue sostenida con recursos públicos.
Por otra parte, en la resolución del recurso de reconsideración TEEM/REC/02/2025-2, el TEEM revocó el acuerdo IMPEPAC/CCE/06/2025 del Consejo Estatal Electoral y determinó que Redes Sociales Progresistas conservará su registro como partido local.


El fallo estableció que el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) incurrió en falta de exhaustividad, fundamentación y motivación del acuerdo de pérdida del registro del instituto político, ya que dejó de atender en beneficio del partido recurrente los principios constitucionales y electorales, así como los derechos inherentes a la libre asociación y afiliación política, ya que fue incorrecto que el instituto declarara la pérdida del registro como partido local por no haber alcanzado el 3% de la votación válida –contabilizando sólo los sufragios de la elección de la gubernatura y diputaciones- y descartara la votación alcanzada en la elección de ayuntamientos, donde RSP obtuvo el 3.04%.

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Maciel Calvo

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