Con su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, entró en vigor el decreto 1663, por el cual el Congreso local realizó adiciones y reformas a la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Morelos.
De acuerdo con el decreto, fue adicionada la fracción XXIII del artículo 27 para establecer la obligatoriedad de todos los servidores públicos en el ámbito estatal y municipal, de cumplir en virtud de su competencia con las disposiciones transitorias de las leyes y decretos que emita el Congreso.
Asimismo, se reformó el artículo 28 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para establecer como infracción grave el incumplimiento de las disposiciones transitorias, que podría ser sancionada hasta con la destitución e inhabilitación para ocupar cargos públicos.
Según la justificación del Poder Legislativo, las modificaciones a la ley de responsabilidades “obedece a la desatención que se hace a los artículos transitorios de
las leyes o decretos que emite el Congreso del estado, y que son de observancia obligatoria, debiéndose cumplir con tales disposiciones en tiempo y forma, por las autoridades competentes”.
Al respecto, detalló el Poder Legislativo en documento del decreto, que la propia Suprema Corte de Justicia ha emitido el criterio respecto a que los artículos transitorios forman parte del ordenamiento jurídico respectivo y por lo tanto su observancia es obligatoria.
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Hey
PERFECTO PERO PREGUNTO, CUÁNDO ENTRA EN VIGOR Y SI YA ESTÁ APLICÁNDOSE… Compartelo!