Los magistrados integrantes del pleno del TEE por unanimidad determinaron que eran inoperantes e infundados los agravios expresados por la “Coalición Compromiso por Morelos”, Partido de la Revolución Democrática, el Partido Acción Nacional y el Partido Movimiento Ciudadano, en torno a la distribución de diputaciones de representación proporcional realizada por el Consejo Estatal Electoral con base en la votación obtenida por los institutos políticos.
Por ello, el órgano jurisdiccional confirmó la resolución relativa a la declaración de validez, calificación y cómputo total de la elección de diputados al congreso local por el principio de representación proporcional, así como la entrega de las constancias respectivas.
De igual forma, fueron declarados improcedentes los juicios para la protección de los derechos políticos y electorales promovidos por Catalina Ríos Núñez y Julio César Solís Serrano, del PRD y Movimiento Ciudadano, respectivamente.
No obstante, los inconformes pueden impugnar la sentencia del TEE ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.