A partir del 1 de enero de 2013 entrarán en vigor las reformas realizadas por la LII Legislatura a la Ley de Catastro Municipal del Estado de Morelos y de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado, con el propósito de lograr su vinculación entre ambas y armonizarlas con las modificaciones recientes a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos, en las que se confiere atribuciones en materia de catastro se han asignado a la Secretaría de Gobierno.
Con base en ello, la legislatura actual determinó reformar la Ley del Registro Público para la creación del Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos”, con personalidad jurídica y patrimonio propio, como institución mediante la cual el Estado por una parte, prestará el servicio de dar publicidad a los actos jurídicos que conforme a la Ley deban surtir efectos contra terceros a través del Registro Público de la Propiedad y del Comercio y por la otra, a través del cual mantiene y actualiza el Sistema de Información Catastral del Estado de Morelos.
Entre sus atribuciones estará el otorgar apoyo a las instituciones federales, estatales y municipales encargadas de ejecutar acciones de regularización de la tenencia de la tierra, determinación de reservas territoriales, definición de límites intermunicipales y estatales, servicios de levantamientos topográficos, expedición de certificados, sellado y registro de escrituras en el padrón catastral, así como acciones y mecanismos para el mejor desempeño de las actividades registrales en materia de propiedad social y privada.
También brindará servicios descentralizados en diversas regiones del Estado de Morelos;
ajustará su desarrollo y operación al Plan Estatal de Desarrollo vigente en el Estado, a los Programas Sectoriales, a los Programas Operativos Anuales y al presupuesto aprobado para gasto y financiamiento; organizará, planeará, coordinará, mantendrá y actualizará el Sistema de Información Catastral del Estado de Morelos; así como actualizará el portal visualizador de los bienes inmuebles del Estado de Morelos, con la información respectiva del registro público de la propiedad y del catastro, de otras instancias relativas a la propiedad inmobiliaria.
De igual forma fue modificada Ley de Catastro Municipal del Estado de Morelos para la instauración del Catastro Estatal, a cargo del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos, dependiente del Ejecutivo del Estado, que es el Sistema de Información Catastral del Estado de Morelos, que se sustentará y actualizará con los Catastros Municipales, para fines jurídicos, administrativos, geográficos, estadísticos, socioeconómicos y de planeación.
“La integración de ambas funciones en un mismo organismo público descentralizado, permitirá una vinculación de las bases de datos más ágil, lo que necesariamente va a generar mayor seguridad jurídica en las operaciones inmobiliarias, ya que permitirá estar inscribiendo una operación traslativa de dominio, y revisar en ese mismo instante la situación catastral del predio; es decir, comprobar superficie, medidas y colindancias, direcciones, poligonales y propietarios, lo que evitará ventas, la duplicidad registral del mismo inmueble, ventas de una mayor o menor superficie, ventas de las zonas federales protegidas, de barrancas, ríos, arroyos o carreteras; así mismo, permitirá el acceso a las instituciones oficiales, que podrán disponer de esa base de datos como una herramienta estadística o de información estratégica para el desarrollo económico.”, justifica la reforma que entrará en vigor en enero de 2013.
De acuerdo con los artículos transitorios de la reforma en materia de catastro y registro público de la propiedad, durante el primer semestre del año 2013, el Poder Ejecutivo realizará las transferencias de los recursos humanos, materiales y financieros con los que actualmente opera la Dirección General del Sistema de Información Catastral al Organismo Público, a efecto de que inicie su operación de conformidad con sus nuevas atribuciones. En el caso de los recursos materiales, deberán transferirse a título de donación.
En un término no mayor a tres meses de que inicie la vigencia del presente Decreto, el Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos, deberá expedir su nuevo Estatuto Orgánico acorde a la presente reforma.
1 comentario
Hey
Espero que se regularicen todos los predios de lomas de ahuatlan Compartelo!