Al resolver el juicio de amparo 1629/2014, el juez segundo de distrito consideró procedente conceder la protección de la justicia federal a Taboada Salgado, cuyo nombramiento como magistrada supernumeraria venció el pasado 7 de julio del 2014 y los diputados le negaron la posibilidad de ser ratificada por un segundo periodo de ocho años.
El argumento del Poder Legislativo fue que no tienen derecho a ser evaluados y ratificados los magistrados que integran la Sala Auxiliar y que tienen la categoría de supernumerarios, es decir, que esta prerrogativa es exclusiva de los magistrados numerarios.
Sin embargo, el juez federal consideró que las disposiciones previstas en los artículos 40 y 89 de la Constitución local, relativas a exclusión de los magistrados supernumerarios del derecho a reelección o ratificación en su cargo, contravienen la garantía de estabilidad o seguridad en el ejercicio del cargo, y es una transgresión a la independencia judicial, prevista por el artículo 116, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En la resolución de 93 fojas, que se encuentra disponible en versión electrónica pública en los estrados judiciales, la autoridad federal ordenó al Congreso emitir un nuevo dictamen debidamente fundado y motivado, en el que sea excluida la condición de magistrada supernumeraria de Taboada Salgado.
También ordenó al Tribunal Superior de Justicia reinstalar a la magistrada con todas las obligaciones y facultades que implican su encargo, con el pago retroactivo de los emolumentos a los que tiene derecho. No obstante, la resolución puede ser impugnada ante un tribunal colegiado.