Tras admitir la controversia constitucional 40/2015, el máximo tribunal del país concedió al edil la suspensión solicitada, para efecto de que permanezca al frente del ayuntamiento en los escasos meses que le restan a la administración municipal en tanto se resuelve la controversia.
El pasado 15 de abril el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje (TECA) ordenó el cese del edil debido al desacato a una resolución emitida en el expediente laboral 01/452/06.
Para evitar la ejecución de la destitución, el ayuntamiento de Yecapixtla promovió la controversia constitucional, en la que el alcalde reclamó la invalidez de la fracción II del artículo 124 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, que establece que ante la desobediencia de las resoluciones judiciales se podrá imponer como sanción la “destitución del infractor sin responsabilidad para el gobierno del estado o de los municipios. Estas sanciones serán impuestas en su caso, por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje”.
También demandó la invalidez del requerimiento de destitución que el TECA realizó al ayuntamiento el pasado 7 de mayo y todas las consecuencias derivadas del acto jurídico.