Indicó que sólo hay casos cuyas sentencias de amparo han llegado a convertirse en incidentes de inejecución, pero son atendidos jurídicamente para evitar poner en riesgo el cargo de los servidores públicos del municipio.
Indicó que se atendió el caso de un amparo en que se ordenó la devolución de 58 mil pesos a la parte quejosa, sin embargo, a pesar de que se hizo el depósito ante el juzgado de distrito desde el mes de junio, el órgano jurisdiccional omitió notificar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el cumplimiento del fallo protector y el incidente de inejecución siguió su curso hasta que pidió hacer la aclaración para efecto de que se decretara la improcedencia.
Informó que está pendiente otro caso en el que un tribunal colegiado declaró procedente el incidente de inejecución y propuso a la SCJN la destitución del tesorero del ayuntamiento de Cuernavaca, Domingo Coria Delgado, por no cumplir con la sentencia de amparo en la que se le ordenó la devolución de casi mil 500 pesos a un ciudadano.
Indicó que ese asunto ya es atendido debidamente y no existe ningún riesgo tanto para el presidente municipal de Cuernavaca, Jorge Morales Barud, como para miembros del gabinete o cabildo municipal.
“No, no tenemos ningún riesgo ni a nivel de violaciones a los suspensiones o violaciones a cumplimiento de amparo ni a nivel de contencioso administrativo”, aseguró.