Por unanimidad, el Tribunal Estatal Electoral (TEE) confirmó el triunfo del presidente municipal electo de Jiutepec, José Manuel Agüero Tovar, al emitir una nueva sentencia con base en los lineamientos fijados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Tras la sesión de Pleno, el magistrado presidente del TEE, Hertino Avilés Albavera, detalló que conforme a lo ordenado por la Sala Regional de TEPJF, el tribunal local emitió una nueva sentencia en la que se confirmó como ganador al edil electo por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en virtud de que no hubo elementos para nulificar la elección.
Según el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y su candidato, Rafael Reyes Reyes, Agüero Tovar había rebasado el tope de campaña hasta en un 40%, y de acuerdo con la Fracción III, inciso e) del artículo 377 de la normatividad electoral de Morelos, debía de declararse la nulidad de la elección municipal al sobrepasar el margen del 10 por ciento permitido en gastos de campaña.
El 17 de septiembre al resolver el juicio de revisión constitucional SDF-JRC-281/2015 promovido por el PRI, la Sala Regional del Distrito Federal del Poder Judicial de la Federación ordenó al TEE emitir una nueva resolución con base en el análisis del dictamen emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE), sobre la fiscalización de los gastos de campaña del alcalde electo de Jiutepec, y la sentencia de la Sala Superior, que días después confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que declaró improcedente el proceso administrativo sancionador iniciado por el PRI, y con ello convalidó el dictamen fiscalizador que determinó que no hubo rebase del tope de campaña por parte del perredista.
“En el proyecto que hoy se ha aprobado se ha llevado a cabo la ponderación de los dos elementos fundamentales que la sala federal ordenó a este tribunal electoral en el sentido de estimar el dictamen consolidado del Instituto Nacional Electoral, que dentro de sus puntos resolutivos advertía que no se surtía la hipótesis del rebase de topes de gastos de campaña, y adicionalmente a ello consideramos los elementos que aporta la resolución del recurso de apelación que en su momento fue resuelto por la Sala Superior”, dijo.
Explicó que con los elementos y los lineamientos fijados por la autoridad electoral superior, se llegó a la conclusión que no se configuró la causal de nulidad del rebase del más del 10 por ciento del tope de campaña, como lo alegaba el partido y candidato inconforme.
Precisó que la parte quejosa tiene la posibilidad de impugnar nuevamente ante el TEPJF la nueva sentencia emitida por el tribunal local.
Cabe destacar que el 24 de septiembre, el PRI y su candidato daban por perdida la alcaldía de Jiutepec ante los fallos de las salas Regional y Superior del TEPJF, y consideraron poco factible la promoción de nuevas impugnaciones, pero dejaron abierta la posibilidad de seguir en litigio.