Con la vigencia de las reformas y adiciones a la Ley Orgánica Municipal, todos los ayuntamientos están obligados a dar máxima publicidad y transparencia a las sesiones de Cabildo y por lo menos una vez al mes realizar una sesión de “Cabildo Abierto”, en la que se atiendan directamente las quejas ciudadanas.
Con su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” entraron en vigor las reformas a los artículos 5 bis, 30 y 31, y la adición a los artículos 31 Bis, 31 Ter, y 31 Quater, de la Ley Orgánica Municipal, cuyo propósito es permitir que la población tenga acceso a la información que se trata en los cabildos y, a la vez, que los ciudadanos interactúen con sus autoridades y se involucren en la supervisión del quehacer gubernamental.
Las nuevas disposiciones establecen la figura de “Cabildo Abierto”, que obliga a los gobiernos municipales a sesionar por lo menos una vez al mes en el ayuntamiento, en las colonias o poblados y permitir la participación ciudadana en la exposición de sus problemas y propuestas.
Los “Cabildos Abiertos”, dice el decreto, “no es (sic) otra cosa que el modelo de gobierno a nivel municipal para lo cual, se deberá caminar en los tres ejes necesarios para arribar a tal cometido, y que a saber son: transparencia, participación y colaboración.
“El esquema de cabildos abiertos genera credibilidad a la ciudadanía, pues de manera informada la sociedad participa en la toma de decisiones y colabora en la ejecución y supervisión del quehacer gubernamental, lo que además genera un sentido de pertenencia y legitima el ejercicio de gobierno”.
Las sesiones abiertas se llevarán a cabo de manera mensual, alternadamente en la sede oficial y de manera itinerante en las colonias y poblados.
En las adiciones a la ley se establece claramente que todas las sesiones de Cabildo, con excepción de aquellas que deban realizarse en privado, serán públicas y transmitidas en tiempo real por internet a través del portal electrónico de cada municipio o, en su caso, deberán estar disponibles y consultables las versiones integras de las sesiones de Cabildo en la página oficial de los Ayuntamientos, en términos de lo establecido en el artículo 32 de la Ley de Información Pública, Estadística y Datos Personales del Estado de Morelos.
También se recalca que todas las inquietudes planteadas en las sesiones de “Cabildo Abierto” por los ciudadanos serán abordadas y discutidas por los integrantes de los ayuntamientos, dándose respuesta a los ciudadanos en esa misma sesión.
A estas sesiones se convocará a la ciudadanía por lo menos cinco días antes (para lo cual deberán fijarse anuncios en lugares públicos) y podrá invitarse a representantes de los Poderes del Estado, de la Federación y a servidores públicos municipales.