Un grupo de descendientes de veteranos revolucionarios venció en tribunales al gobierno de Morelos, quien en los últimos tres años se negó a reconocerlos como beneficiarios de una pensión vitalicia, estímulos y recompensas, en reconocimiento a su contribución a la Revolución Mexicana.
El Primer Tribunal Colegiado confirmó la sentencia emitida el 24 de junio de 2015 por el juez sexto de distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, en la que concedió la protección de la justicia federal a 30 descendientes de combatientes del Ejército Libertador del Sur, que lideró Emiliano Zapata Salazar.
Pese a que el gobierno estatal perredista encabezado por Graco Ramírez, alegó irregularidades en el dictamen sobre el reconocimiento de los beneficiarios emitido por la Comisión de Estudio y Dictamen de Antecedentes Revolucionarios (integrado por un representante del Poder Ejecutivo, uno del Poder Judicial y uno más del Frente Zapatista), y rechazó su validez jurídica, la justicia federal consideró infundados e inoperantes los alegatos gubernamentales.
En consecuencia, ordenó al gobierno de Morelos dar cumplimiento al decreto que dio vigencia a la Ley de Beneficios, Estímulos y Recompensas a los Veteranos de la Revolución en el Estado de Morelos, y otorgar validez al dictamen de la Comisión de Estudio y Dictamen de Antecedentes Revolucionarios, por el cual se otorga el reconocimiento de beneficiarios a 30 descendientes de combatientes zapatistas.
En la sentencia judicial, se estableció que el gobierno de Morelos deberá pagar de manera retroactiva a los beneficiarios (del 1 de enero de 2012 a la fecha), la pensión vitalicia que les corresponde y la cual no debe ser inferior a 30 salarios mínimos mensuales; asegurar servicios médicos en los hospitales y clínicas de los Servicios de Salud de Morelos; dotar a cada uno de un seguro de vida de 30 mil pesos, cuya prima será pagada por el gobierno estatal. Y en caso de fallecimiento, la autoridad estatal deberá cubrir los gastos funerarios por un monto de 12 mil pesos, conforme lo establece la ley de beneficios.
Aún cuando la sentencia fue emitida en octubre de 2015, el gobierno de Morelos prolongó su acatamiento y fue hasta que el juzgado de distrito lanzó sendos requerimientos, con la advertencia de aplicar el artículo 107 de la Constitución (destitución y consignación a un juez por desacato).
Para frenar cualquier acción por desacato, el gobierno de Morelos publicó este 17 de febrero en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, el acuerdo por el cual instruye a las secretarías de Gobierno y de Hacienda a realizar las gestiones para dar cumplimiento al fallo protector.
Los descendientes de combatientes zapatistas beneficiados con la protección de la justicia federal son: Ricardo Lino Daniel de la O Ensastigue, Alejandro Francisco Tola Vázquez, Amado Castañeda Gómez, Arturo Castañeda Paredes, Manuel Inocencio Castañeda Paredes, Enrique Castañeda Paredes, Irma Zapata Sandoval, Cecilia Zapata Sandoval, Emiliano Zapata Sandoval, Bruna Zapata Sandoval, Imelda Leticia Zapata Espinosa, Lucrecia Zapata Espinosa, Blanca Rodríguez Mondragón, Luis Ochoa Santaolalla, Raúl Ochoa Santaolalla, María Bertha Ochoa Santaolalla, Lilia Ochoa Santaolaya, Víctor Manuel Ochoa Santaolaya, Gloria Eugenia Ochoa Santaolalla, María Guadalupe Ochoa Santaolalla, Susana Ochoa Santaolalla, Rodolfo Enrique Ochoa Santaolalla, Angélica Marisa Ochoa Santaolalla, Mariana de la O Jaimes, Perla de la O Jaime, Carlos de la O Jaime, Daniel de la O Jiménez, Lara Genoveva de la O Jiménez, Sergio Rajiv de la O Jiménez y Eulogio Margarito de la O Ensastigue.
Aunque algunas organizaciones afirman que el número de descendiente de revolucionarios zapatistas oscila entre 500 y mil 600, el gobierno estatal únicamente prevé en el acuerdo cumplir con los beneficios que establece la ley al grupo de 30 amparistas.