Tras instaurar la Comisión Instructora que elaborará el proyecto para determinar si existe o no responsabilidad del edil en las conductas que en juicio político le atribuyó el Congreso local, el TSJ determinó que Blanco Bravo no podría salir del estado, como medida cautelar única para garantizar que hará frente al juicio.
Sin embargo, el ministro Javier Laynez Potisek, integrante de la Comisión de Receso de SCJN, además de conceder una suspensión "para que se continúe con la tramitación del procedimiento de juicio político al que se encuentra sujeto el promovente, pero no se ejecute la resolución final que se dicte en el mismo y como consecuencia de ello no se le remueva al promovente del cargo de presidente municipal de Cuernavaca, Morelos”, también ordenó “que se suspenda la ejecución de la providencia cautelar impuesta por la presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, consistente en la prohibición de que el promovente salga del estado de Morelos".
Es significa que el edil no tiene impedimento legal para viajar al interior del país o incluso al extranjero.
A partir de la admisión de la controversia constitucional 251/2016 y la concesión de la suspensión para que no se ejecute cualquier acto que prive del cargo de edil a Blanco Bravo, la SCJN concedió a los poderes Legislativo y Judicial como autoridades demandadas, un plazo de 30 días para dar contestación a la controversia.
Según el Congreso local, el ex futbolista violó la ley al mentir sobre su residencia para obtener la candidatura a la presidencia municipal de Cuernavaca por el Partido Social Demócrata; al ausentarse de la ciudad y el estado; y al aceptar, sin autorización del Cabildo, donaciones de empresas para realizar obras y reencarpetamiento de calles.