La pensión decretada deberá cubrirse al 75% de su último salario (poco más de 67 mil pesos), de conformidad con el inciso f) del artículo 59 de la Ley del Servicio Civil del Estado, y será cubierta a partir del día siguiente de su separación como trabajador del Poder Judicial del Estado de Morelos, es decir al 20 de mayo de 2014, fecha en que concluyó su cargo como representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Judicatura.
La pensión se actualizará de acuerdo con el aumento porcentual al salario mínimo, incluyendo las prestaciones, las asignaciones y el aguinaldo, de conformidad con lo establecido por el artículo 66 de la Ley del Servicio Civil del Estado.
El decreto fue emitido y publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, en cumplimiento de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ordenó al Congreso de Morelos atender las observaciones del Poder Ejecutivo realizadas al decreto pensionario por cesantía en edad avanzada del ex consejero de la judicatura Antonio Tallabs Ortega, y emitir un nuevo dictamen para que lo discutiera el Pleno legislativo.
Y es que el titular del Poder Ejecutivo, Graco Ramírez, a través de una controversia constitucional solicitó a la SCJN la invalidez del decreto, por considerar que el otrora diputado federal y militante panista no cumplió con la antigüedad mínima de diez años que exige la Ley del Servicio Civil para obtener el beneficio, y que en todo caso, si se comprobara la antigüedad, la pensión debía fijarse sin contar los seis años que fungió como consejero de la judicatura y sólo con base a el último empleo que tuvo como subordinado al servicio del estado.
Sin embargo, en el nuevo decreto emitido por el Congreso se consideró improcedentes las observaciones del gobierno de Morelos y procedió a conceder a Tallabs Ortega su pensión por cesantía avanzada con el nivel de Consejero de la Judicatura.