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Niegan amparo a comuna de Cuernavaca


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El Ayuntamiento combate las medidas cautelares ordenadas por un  juzgado de distrito para frenar la contaminación del Río Apatlaco con descargas de aguas residuales.

Un juzgado federal negó la suspensión definitiva al Ayuntamiento de Cuernavaca contra las medidas cautelares ordenadas por otro juzgado de distrito para frenar la progresiva contaminación del Río Apatlaco con descargas de aguas residuales.

De acuerdo con los estrados electrónicos, a mediados de abril, la comuna capitalina inició el juicio de amparo 487/2019, radicado en el Juzgado Quinto de Distrito, en el que impugnó el acuerdo dictado el pasado 14 de marzo por el Juzgado Cuarto de Distrito, dentro de la Acción Colectiva 17/2016, promovida por decenas de ciudadanos y ambientalistas adheridos a la colectividad denominada “Habitantes del Estado de Morelos”, que buscan nos sólo frenar, sino obligar a las autoridades municipales a remediar el daño ambiental ocasionado por su acción u omisión.

Si bien el juez federal admitió la demanda de amparo y requirió el respectivo informe a la autoridad responsable, es decir, al Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos, rechazó conceder la suspensión previsional y, hace unos días, la suspensión definitiva contra las medidas precautorias y las medidas de apremio advertidas en caso de incumplimiento del mandato judicial.

El 14 de marzo, el Juez Cuarto de Distrito ordenó a los municipios de Cuernavaca, Huitzilac, Jiutepec, Emiliano Zapata, Temixco, Xochitepec, Zacatepec, Tlaltizapán, Jojutla y Puente de Ixtla “identificar con precisión los puntos donde se encuentran, así como donde se originan las descargas residuales y aguas grises que desembocan en el Río Apatlaco o sus afluentes”, y “clausurar dichas descargas y proporcionar el servicio de drenaje” en los domicilios detectados.

Para cumplir la primera medida cautelar fijó un plazo de 15 días y, para la segunda, otros 30. Apercibió a los titulares de las alcaldías y sistemas operadores de agua con imponer una multa hasta por el equivalente a 30 mil unidades de medida y actualización (equivalente a dos millones 534 mil 700 pesos), cuya cantidad podrá aplicarse por cada día que transcurra sin cumplirse lo ordenado.

Hace unos días, el Juzgado Cuarto de Distrito sancionó con una multa de 500 Unidades de Medida de Actualización (equivalente a 42 mil 245 pesos) a los alcaldes de los municipios de Emiliano Zapata, Puente de Ixtla y Tlaltizapán por no cumplir con la primera medida cautelar.

En el caso de Cuernavaca y otros municipios, se les concedió una prórroga con apercibimiento de multa en caso de no acatar la medida cautelar dictada para frenar la contaminación del Río Apatlaco mientras se resuelva la acción colectiva. 

 

 

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Maciel Calvo

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