Mediante el recurso, el Tribunal de Justicia Administrativa pretendía impugnar el decreto expedido por el Congreso local que anuló el aumento del periodo de los magistrados de 14 a 20 años.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional promovida por el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) que pretendía impugnar el decreto expedido por el Congreso local, que anuló el aumento del periodo de los magistrados de 14 a 20 años autorizado por la anterior legislatura.
El ministro instructor, Luis María Aguilar Morales, resolvió que el TJA no tiene legitimación para promover la controversia constitucional, pues aún en el supuesto de que se le considerara un órgano constitucional autónomo estatal, “el Constituyente Permanente sólo consideró incluir como sujetos legitimados para promover una controversia constitucional a los órganos constitucionales autónomos federales, esto es, la Comisión Federal de Competencia Económica, el Instituto Federal de Telecomunicaciones y el organismo garante que establece el artículo 6 constitucional, es decir, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
Además, argumentó, existen precedentes de la Primera Sala y Segunda Sala de la SCJN que resolvieron los recursos de reclamación 23/2016-CA , 52/2016-CA y 53/2018-CA , y confirmaron los autos de desechamiento de las demandas de las controversias constitucionales 34/2016, 110/2018 y 105/2018, promovidas anteriormente por el presidente del TJA.
Recordó que el Poder Judicial del Estado de Morelos promovió con antelación la controversia constitucional 306/2019, en el cual se impugnó la misma norma que el tribunal administrativo.