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Llama SAT a contribuyentes de Resico a regularizar su situación fiscal


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Amplían plazo al 2 de octubre para realizar trámites.

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) amplió al 2 de octubre el plazo para que las personas que son parte del Régimen Simplificado de Confianza (Resico) cuenten con su Buzón Tributario habilitado, así como medios de contacto actualizados y su firma electrónica vigente.

Gabriela Medellín Campos, encargada de la administración desconcentrada de Servicios al Contribuyente Morelos, llamó a regularizar la situación fiscal de los contribuyentes que ya son parte del Resico, para que continúen con los beneficios.

Anotó que el periodo inicial terminó el pasado 30 de junio, pero se decidió ampliar ese plazo; para las personas físicas que son parte de este régimen se amplía el plazo para que a más tardar el 2 de octubre de 2023 cuenten con su Buzón Tributario habilitado, medios de contacto actualizados y la firma electrónica (e firma) vigente. En este caso, deben estar al corriente en la presentación de sus declaraciones fiscales.

 Si son personas físicas-Resico y requieren obtener o renovar su e firma, hay una nueva opción disponible en citas.sat.gob.mx,donde  solo deben ingresar y elegir la opción RESICO e.firma para agendar su cita.

Explicó que en caso de no contar con e.firma y Buzón Tributario con medios actualizados al término del plazo estipulado, el SAT asignará al contribuyente en el régimen fiscal que corresponda con su actividad, y perderá los beneficios que ofrece el Resico; “además, en ningún caso podrá volver a tributar en dicho régimen” advirtió.

La funcionaria federal explicó que el Simplificado de Confianza “es un régimen que facilita el cumplimiento de (las) obligaciones fiscales mediante la reducción de la tasa del impuesto sobre la renta (ISR)”.

En él pueden tributar personas morales con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos y  personas físicas con ingresos anuales menores a tres millones 500 mil pesos que realicen las siguientes actividades: Empresariales y profesionales (restaurantes, tiendas de abarrotes, ferreterías, entre otras. Además, abogados, contadores, médicos, entre otros). Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento de departamentos, casas y locales comerciales, entre otros).

Medellín destacó que en lo que respecta a actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (AGAPES), los beneficios -de pertenecer a Resico- son: tasas mínimas del ISR que van del 1 a 2.5 por ciento; cálculo automático de impuestos; simplificación de precarga de información. Además, los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen, respectivamente.

Hizo notar que el pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz. Los contribuyentes que lleven a cabo el cien por ciento de sus actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras (AGAPES), tienen el beneficio de la exención de pago de ISR si sus ingresos son de hasta 900 mil pesos anualmente facturados y efectivamente cobrados.

 

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