La coordinadora de la organización civil, Juliana García Quintanilla, afirmó a nivel declarativo que parece una buena acción el paquete de reformas y armonización de leyes y códigos que envió el Poder Ejecutivo al Congreso, como iniciativa preferente para prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres, pero desafortunadamente no se contemplaron reformas serias al Código Penal para eliminar lagunas jurídicas y sancionar ejemplarmente a quienes incurran en cualquier tipo de violencia hacia las mujeres y feminicidio.
Recalcó que existen varios ejemplos en que los responsables de violentar a las mujeres logran evadir a la acción de la justicia mediante argucias legales, debido a los vacíos en la legislación penal que son aprovechados por los abogados para defender y hasta deslindar de responsabilidad a los agresores.
Explicó que aún cuando la iniciativa preferente prevé, entre otras cosas, fijar una penalidad de hasta 75 años de prisión a los feminicidas, “con estas argucias que quedan pendientes en el Código Penal no se puede llegar a aplicar las penalidades, porque mientras los abogados se estén apoyando en situaciones legales que no corresponden al pleno respeto a las mujeres a una vida libre de violencia, nos vamos a encontrar con estas situaciones que quitan la posibilidad de justicia a las mujeres y sus familias, y los abogados seguirán defendiendo a los feminicidas, de tal manera que no lleguen a ser sancionados por feminicidio sino como un delito común que se puede castigar con penalidad mínima, sin que se les atienda de manera integral y para que puedan cambiar sus actitudes violentas”.
Recordó el caso de la joven cajera de un supermercado que fue asesinada a sangre fría en Cuernavaca en marzo del 2014 y cuyo verdugo fue sentenciado a sólo 13 años de prisión, debido a que se acogió al beneficio del juicio abreviado, un procedimiento que permite al inculpado aceptar voluntariamente la responsabilidad de los hechos que se le imputan para así obtener una sentencia equivalente a las dos terceras partes de la pena mínima correspondiente al delito.
En este caso, la penalidad mínima que debió imponérsele era de 40 años de prisión, pero como el feminicida Uriel Espinoza Sánchez se acogió al juicio abreviado, obtuvo sólo una condena de 13 años.
Otra caso polémico fue la muerte de la catedrática Yadira Dávila, cuyo esposo e investigador de la UNAM, Miguel Ángel Ramírez Romero, denunció primero la supuesta desaparición, pero luego se descubrió que la mujer habría fallecido mientras sostenía relaciones sexuales con su marido, pero éste en lugar de pedir ayuda decidió esconder el cuerpo y tirarlo en las inmediaciones de la zona arqueológica de Xochicalco.
La defensa del investigador para intentar culminar con el proceso penal y su exoneración, recurrió al artículo 129 del Código Penal que establece que “no se procederá contra quien culposamente ocasione lesiones u homicidio en agravio de un ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, cónyuge, concubino, adoptante o adoptado, salvo que el autor se encuentre bajo el efecto de bebidas embriagantes, de estupefacientes o psicotrópicos, sin que medie prescripción médica, o bien, que no auxiliare a la víctima”.
García Quintanilla señaló que estos casos son suficientemente ilustrativos para mostrar que es necesario hacer una reforma profunda al Código Penal para eliminar los resquicios que han permitido a los agresores burlar la justicia y revictimizar a las mujeres y sus familias.
Insistió en que parece una buena intención el paquete de reforma planteado por el Poder Ejecutivo, pero “lo que hay se tiene que aprovechar, es una buena actuación pero nos parece que todavía hace falta una revisión, una modificación al Código Penal para quitar cualquier cosa que siga dañando la vida de las mujeres”.
Indicó que también desde la Fiscalía estatal se tienen que realizar acciones para integrar debidamente los expedientes y no permitir que los feminicidas se acojan al beneficio del juicio abreviado.
“El feminicidio implica una investigación mucho más amplia, donde no caben los juicios abreviados. Creemos que los juicios abreviados no deben de atender los casos de feminicidio, porque entonces nunca vamos a lograr que el feminicidio sea atendido en su totalidad y por lo tanto la Alerta de Violencia de Género siempre va a tener esa deficiencia”, recalcó.