En un comunicado, dio a conocer que legalmente, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, son sujetos obligados a entregar utilidades todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios y, en general, todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, sean o no contribuyentes del impuesto sobre la renta (ISR).
“Los trabajadores que tiene ese derecho son aquellos que hayan laborado un mínimo de 60 días durante el año, ya sea en forma continua o discontinua dentro del ejercicio fiscal materia del reparto y los ex trabajadores de planta, despedidos o que renunciaron voluntariamente a su empleo, tienen derecho a participar en las utilidades con número de días trabajadores y el salario percibido durante el tiempo que laboraron en el ejercicio fiscal que se trate”, apuntó.
Yáñez Yáñez dijo que las excepciones para no entregar utilidades se refieren a empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento, empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo durante los dos primeros años de funcionamiento, empresas de la industria extractiva, de nueva creación, durante el periodo de exploración, las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro como asilos, fundaciones, etcétera; asimismo el IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia, entre otras.
El funcionario destacó que en el ejercicio fiscal del año 2010, por conducto de la Dirección General de Inspección del Trabajo en el estado de Morelos, la suma de las utilidades que se verificaron fue de un total de 20 millones 533 mil 322 pesos a favor de los trabajadores del estado de Morelos.
La fecha límite para el pago de las utilidades que deben realizar las personas morales es el 31 mayo y para el cumplimiento de esta obligación de las personas físicas es el 30 de junio y hay un número telefónico en Cuernavaca (362-44-91) para atender dudas o quejas en el cumplimiento de este derecho, concluye el comunicado.