En conferencia de prensa, los custodios Daniel Coapango Hernández y Martín Aragón Gama, acompañados del ex custodio Alberto Medina –quien renunció precisamente por la presión del caso–, así como de su abogada, Erika Herrada Cué, reseñaron que luego de la fuga de los reos, el año pasado, las autoridades detuvieron a 23 personas que laboraban en el penal, de las cuales sólo quedaron ellos tres bajo proceso.
Señalaron que el pasado 17 de mayo de 2011, el tribunal oral dictó un fallo acusatorio que calificaron de “incorrecto”, debido a que el tribunal no revisó bien las medidas cautelares. “Se hizo de manera infundada, sin reunir los requisitos de ley y notoriamente innecesaria, en la que emitieron, además, opinión pública, prejuzgando sobre la culpabilidad de los suscritos, de la comisión del delito de evasión de presos, ordenándose prisión preventiva.”
Resaltaron además que el juicio oral que se les seguía fue nulificado, debido también a una irregularidad con un juez. “Encontramos que el juez redactor, David Ricardo Ponce González, inobservó la fracción IV del apartado A, del artículo 20 constitucional, al celebrar un juicio oral cuando conoció del asunto previamente como juez de control (cuando no tenía que haber conocido del caso). Promovimos el amparo, sin embargo, el día 3 de junio, nuestra defensa interpuso incidente de nulidad, el cual resultó positivo y se nulificó el juicio oral iniciado en nuestra contra el 18 de mayo pasado. La próxima audiencia es para el 23 de junio de este año, en la cual se iniciará el juicio oral de nueva cuenta en nuestra contra, en calidad de imputados, por el ilícito de evasión de reos.”
Los guardias manifestaron sentirse “en la zozobra e incertidumbre” porque podrían ser privados de su libertad. “Si se modifica la medida cautelar, podría ordenarse una prisión preventiva contra nosotros, si el fiscal alegara que somos un peligro de la sociedad y pudiéramos sustraernos de la justicia. Pero esto sería injusto, porque no hay prueba alguna de que lo seamos, pues seguimos trabajando en el penal y nuestras familias están aquí, además de que no hay indicios de que tengamos una conducta dolosa.”
Por su parte, su abogada, Erika Herrada Cué, comentó que en el nuevo sistema de los juicios orales existe el principio de presunción de inocencia. “Nadie es culpable hasta que exista una resolución firme, inapelable; (mientras) ellos son inocentes. El Ministerio Público debe de probar que son responsables. Exigimos a las autoridades, al mismo Tribunal Superior de Justicia, la aplicación estricta de los principios que legalmente existe en nuestra constitución y en el Código Procesal Penal de Procedimientos Penales.”
Refirió que por las anomalías presentadas presentaron una queja ante el juez visitador y ante la Comisión de Derechos Humanos, porque temen ser privados de su libertad. “Temen que no se consagre este principio de presunción de inocencia. El gobierno del estado hizo mucha publicidad a este principio y no se hace válido.”