1) Ahora prácticamente todos los servicios que ofrece el SAT pueden hacerse desde internet, cualquier día, en cualquier lugar, sin filas, sin papel, más fácil y más rápido. Los contribuyentes ya no tienen que desplazarse hasta las oficinas del SAT para hacer trámites; los pueden hacer desde cualquier computadora con acceso a internet, incluyendo ahora el cambio de domicilio fiscal. Ahora el cambio de domicilio se puede hacer por internet los 365 días del año, las 24 horas del día, en cualquier lugar. Antes sólo podía hacerse en la oficina del SAT que correspondía. Se elimina por completo el uso de documentos en papel, ya que la documentación que se necesita por ejemplo para la comprobación del domicilio fiscal, se manda por internet en archivo electrónico. En máximo 5 días hábiles se recibe la respuesta a través de correo electrónico y en el portal del SAT. La posibilidad de solicitar estos servicios por internet genera ahorro de tiempo y recursos en beneficio de los ciudadanos. Para poder hacer los trámites desde internet, los contribuyentes sólo deben contar con su Firma Electrónica Avanzada o con su Clave de Identificación Electrónica Confidencial.
2) La declaración anual también se puede presentar por teléfono. Sólo se debe llamar al 01 800 Infosat y se puede recibir a través de mensaje SMS el número de folio de la declaración. Esto aplica para quienes tributan en el régimen de honorarios, arrendamiento o ambos y en el año no hayan obtenido ingresos.
3) Ahora también se puede pagar con tarjeta de crédito a través de internet el saldo a cargo derivado de la presentación de la declaración anual. El pago con tarjeta de crédito aplica a partir de abril de este año para el pago del saldo a cargo derivado de la presentación de la declaración anual de las personas físicas. Este nuevo medio, además de ampliar las posibilidades para el pago de impuestos, permite financiarse con el crédito que proporcionan los bancos y no genera ningún costo adicional para el contribuyente. El pago se puede hacer a través de internet, en el portal del banco o incluso en las ventanillas de las sucursales. El límite para el pago con tarjeta está definido por el crédito que tenga cada contribuyente. Además del pago con tarjeta de crédito, los contribuyentes también pueden pagar con transferencia electrónica de fondos, cheque o efectivo, y para estos efectos, no aplica para el pago a meses sin intereses. Por ahora el servicio aplica para quienes cuenten con tarjeta de crédito de Bancomer.