Los ministros acordaron que de ninguna manera hay violaciones a los principios constitucionales, aunque votó al igual que sus compañeros por validar la desaparición del Repecos, el ministro Luis María Aguilar Morales, estuvo en desacuerdo con algunos de los argumentos del proyecto, pero concluyó que “la simple eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes, no puede considerarse inconstitucional porque se sustituye con un régimen nuevo, cuya finalidad es ampliar la base de contribuyentes, un régimen de incorporación fiscal para radicar o al menos disminuir la informalidad tributaria”.
Asimismo, los integrantes del Pleno del Alto Tribunal determinaron que la eliminación del Repecos tampoco afecta principios de competitividad, ya que este “no es un requisito que deba reunir el impuesto de que se trate para cumplir con los requisitos constitucionales para su validez”.
Los 10 ministros de la Corte determinaron que las reformas constitucionales del 2013 en materia fiscal, no violan el principio de equidad tributaria, ni afecta derechos adquiridos, ni la competitividad al desaparecer los denominados Repecos.
Los integrantes del Pleno, votaron a favor del proyecto inicial, el cual fue presentado por la ministra Margarita Luna Ramos, por el cual se consideró que con la incorporación fiscal se otorgan los mismos beneficios a las personas físicas con actividades empresariales, cuyos ingresos anuales no superan los 2 millones de pesos.
“Lo cierto es que las características para que puedan tributar conforme a este, vuelven a ser muy similares, son optativas, si quieren pueden hacerlo por este régimen, sino puede ser por el régimen general”, dijo la ministra ponente Margarita Luna Ramos.
Con esta determinación a los contribuyentes que tenían la esperanza de volver a tributar como régimen de pequeños no les queda otra que cumplir con las nuevas obligaciones del régimen de incorporación fiscal, que por cierto, el día de ayer fue el último día para presentar sus pagos del segundo y tercer bimestre.
Actualidad Fiscal
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación declara constitucional la desaparición de Repecos
El recién pasado 25 de agosto, con una votación unánime, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, validó la desaparición del Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos), ya que no viola el principio de equidad tributaria, ni afecta derechos adquiridos, ni la competitividad, la eliminación del régimen de pequeños contribuyentes dado que fue sustituido por el de incorporación fiscal, que otorga los mismos beneficios a las personas físicas con actividades empresariales, cuyos ingresos anuales no superan los 2 millones de pesos. Los argumentos de los legisladores que pedían anular dichas reformas, fueron declarados infundados.
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