1.- Con fecha 29 de diciembre de 2014, se publica en el Diario Oficial de la Federación la del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2015, para formalizar y oficializar dichos salarios. El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos acordó otorgar un aumento general promedio a los salarios mínimos de las dos áreas geográficas de 4.19% a partir del 1 de enero de 2015.
Los nuevos salarios mínimos legales que regirán a partir del primero de enero de 2015 son los siguientes:
Área geográfica A con un Salario 2015: 70.10 con un incremento de 4.17%
Área geográfica B con un salario 2015: 66.45 con un incremento de 4.20%
2.- En abril de 2014 entraron en vigor importantes modificaciones al Reglamento del Código Fiscal de la Federación. Una de estas obligaciones consiste en que la contabilidad debe llevarse en medios electrónicos y en presentar mensualmente al SAT la información sobre la contabilidad. El inicio del envío de la contabilidad inicia en 2015 para Personas Morales con ingresos en 2013 sean iguales o superiores a cuatro millones de pesos.
3.- Los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal quedan relevados del envío de Contabilidad Electrónica, siempre y cuando registren sus operaciones en el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica “Mis cuentas”.
4.- Declaraciones extemporáneas del RIF. Se establece que no se considera incumplido el plazo de presentación de las declaraciones bimestrales de 2014 del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), si se presentan a más tardar el 31 de enero de 2015. Por lo que aquellos contribuyentes que no presentaron sus declaraciones, aún tienen este mes para cumplir.
5. Entrega de CFDI de nómina del ejercicio 2014. Se establece que los contribuyentes podrán expedir los comprobantes fiscales digitales por las remuneraciones que cubran a sus trabajadores o a contribuyentes asimilados a salarios, dentro del periodo comprendido entre la fecha en que se realice la erogación correspondiente y a más tardar el 31 de diciembre de 2014.
6.- CFDI como constancia de retención. Se recoge el beneficio otorgado anteriormente mediante decreto, de considerar el CFDI como constancia de retención, liberando así a los contribuyentes de expedir dicha constancia.
7.- A partir del primer minuto de 2015, los usuarios de comunicaciones fijas y móviles en México, 19.5 millones de líneas fijas y 103.9 millones de accesos móviles, es decir 123.4 millones dejarán de pagar por el servicio de larga distancia nacional, lo que en conjunto representa alrededor de 19 mil millones de pesos anuales. De acuerdo con el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la marcación no cambiará en forma temporal, aunque en el futuro se deberá migrar a una marcación de 10 dígitos en todo el país. Lo anterior implica que a partir del 1 de enero de 2015, los usuarios seguirán marcando como hasta el momento: 045 o 044 para celular y 01 y 02 para las líneas fijas.
La diferencia será que en su factura mensual o en su saldo de prepago ya no debe aparecer el cargo de larga distancia, sino únicamente cobros por el servicio local.
De esta forma, todo el país se transformará en una única Área de Servicio Local.
8.- Continúa vigente que el ISR para Personas Físicas podrán pagar una tasa de impuesto desde cero hasta una tasa de 35%.
9.- Continua vigente el ISR para Personas Morales: la tasa permanece en 30%.
10.- En cuanto a beneficios fiscales otorgados en años anteriores, y cuya vigencia ha sido extendida hacia el año 2015, se encuentra:
• Beneficio en materia de IMSS a eventuales del campo
• Se prórroga a 2015 el decreto para importar autos usados
Sin duda el año 2015 será un año de retos para los contribuyentes y contadores, por lo que me queda más que desearles un año lleno de éxitos y mucha sabiduría.
1 comentario
Hey
Les recomiendo utilizar Facturama, es una herramienta super buena y ademas es… Compartelo!