Recientemente concluyó un proceso administrativo en contra de Jesús Alberto Capella Ibarra, por actos realizados cuando era comisionado de Seguridad Pública de Morelos, y realmente da coraje saber que la Contraloría lo encontró responsable de irregularidades de carácter administrativo, pero que solamente le pudo imponer la irrisoria sanción de ¡un año de inhabilitación! para desempeñar cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
Pero esto no es culpa de la contralora estatal, América Berenice Jiménez Molina, sino de los que elaboraron la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Morelos y que establecieron sanciones que son para morirse de risa a pesar de que se compruebe que se cometió alguna irregularidad.
Aquí va la historia para que el lector se indigne también:
El seis de septiembre de 2021, el entonces director general de quejas, denuncias e investigaciones de la Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo, remitió a la Dirección General de Responsabilidades de la misma dependencia, dos expedientes de cuyo contenido se advertían irregularidades “no graves” atribuidas a Jesús Alberto Capella Ibarra, Juan Carlos Peniche Payén, Fernando Aldape Salas y Felipe de Jesús Hidalgo y Costilla Linares.
Los antes mencionados, en su calidad de comisionado de Seguridad Pública, coordinador de Desarrollo y Vinculación, director general de la Academia Estatal de Estudios Superiores en Seguridad y tesorero general del Gobierno estatal, respectivamente, celebraron el contrato abierto número UPAC/SER29/2018 con la persona moral denominada SYSTEMTECH SISTEMAS TECNOLÓGICOS S.A. de C.V.
Dicho contrato tenía por objeto la contratación del servicio consistente en un programa de cursos de capacitación en materia de seguridad pública que se prestaría hasta el 30 de septiembre del 2018. Entre las habilidades en que serían capacitados, estaba Competencias básicas de la función para policía preventivo, taller de la función del primer respondiente y la ciencia forense aplicada en el lugar de los hechos, gerenciamiento y adoctrinamiento policial, entre otros.
A cambio de otorgar esos cursos de capacitación, SYSTEMTECH SISTEMAS TECNOLÓGICOS S.A. de C.V. cobraría unos cinco millones de pesos, y de hecho los cobró, pero nunca los realizó, o al menos no existe constancia de ello.
Entre las pruebas que se hicieron valer, está un oficio por el capitán de navío Luis Enrique Barrios Ríos, en su calidad de director general de la Academia Estatal de Estudios Superiores en Seguridad, dirigido al vicealmirante José Antonio Ortíz Guarneros, en el que advierte que al platicar con los instructores que habían estado en la administración anterior, “se pudo constatar que personal de la Comisión Estatal de Seguridad Pública, Fiscalía y Reinserción Social, recibieron acreditaciones sin haber tomado el curso y además, con la información recabada se advirtió que se llevaron a cabo cobros fraudulentos a la federación, ya que se documentó una serie de cursos que nunca fueron impartidos”, dice el expediente.
Al resolver, el director general de responsabilidades consideró que los servidores públicos antes mencionados sí incurrieron en omisiones. Para el caso específico del entonces titular de la CES, la Contraloría señala que “con las documentales analizadas en el presente considerando, queda debidamente acreditada la conducta irregular atribuida a Jesús Alberto Capella Ibarra, así como la presunción de responsabilidad en la comisión de la misma, pues se apartó de la legalidad que debe prevalecer en el ejercicio de la función pública, al incumplir lo dispuesto en el artículo 51 fracción VI de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el estado de Morelos”.
Al resolver el procedimiento, la Secretaría de la Contraloría determina imponer las siguientes sanciones administrativas:
A Jesús Alberto Capella Ibarra, la sanción prevista en la fracción IV del artículo 57 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el estado de Morelos, consistente en inhabilitación por un año para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
A Juan Carlos Peniche Payén lo sancionaron con inhabilitación de un año para desempeñar empleos en el servicio público, sin especificar se eso incluye los tres niveles de gobierno.
Fernando Aldape Salas también fue inhabilitado por un año y sólo Felipe de Jesús Hidalgo y Costilla Linares fue exonerado, al no acreditarse la existencia de responsabilidad administrativa. Respecto de la empresa SISTEMTECH SISTEMAS TECNOLÓGICOS, se determinó que no existen elementos que demuestren que haya recibido recursos públicos financieros sin tener derecho a los mismos, por lo tanto, no tendrá que devolverlos.
“Una vez que la presente resolución haya causado firmeza, regístrese en el Sistema Nacional de Servidores Públicos y Particulares Sancionados de la Plataforma Digital Nacional, las sanciones administrativas impuestas a Jesús Alberto Capella Ibarra, Juan Carlos Peniche Payén y Fernando Aldape Salas, como lo dispone el artículo 27 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”, dice la sentencia firmada por Moisés Ochoa Peralta.
Es decir, que por lo menos van a ser exhibidos a nivel nacional como servidores públicos inhabilitados, aunque sea por un año. Eso, si no es que deciden recurrir al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, donde es casi seguro que los exoneren.
Por otro lado, recordemos que esto apenas es la punta del iceberg de todo lo que se gastó en la pasada administración en el rubro de la seguridad pública, lo que generó “moches” incalculables que se habrían repartido entre Graco Ramírez y el propio Alberto Capella, lo que es un “secreto a voces” pero que hasta ahora nadie ha podido comprobar.
Lo hemos dicho en varias ocasiones: Graco y Capella son rateros y corruptos, no tontos.
HASTA MAÑANA.