El pasado jueves, el Senado de la República aprobó en lo general, así como los artículos no reservados, con 60 votos a favor, 46 en contra y una abstención, la Ley General de Comunicación Social, para "reglamentar el modelo de propaganda gubernamental y garantizar que el gasto destinado a esta materia cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez".
También se dio a conocer que se estaría dando cumplimiento "a la sentencia que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que el Congreso de la Unión expida una legislación, antes del 30 de abril, que regule el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, relativo a la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social".
Lo anterior luego de que el 15 de noviembre de 2017, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso que emitiera una ley que regulara la publicidad oficial, antes del 30 de abril de 2018; la Cámara de Diputados aprobó este proyecto de ley el 10 de abril, para su posterior discusión en el Senado, donde varios legisladores solicitaron cambios.
En el texto del dictamen que conoció la Asamblea se señala que el ordenamiento será aplicable "a los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y las entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno"; además, define a la Secretaría de Gobernación (Segob) y a la dependencia o unidad administrativa equivalente en el ámbito de las entidades federativas y los municipios, como encargadas de regular el gasto en materia de comunicación social.
Posteriormente, el proyecto de decreto se envió al Ejecutivo federal, para sus efectos constitucionales.
Con anterioridad, expertos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) habían realizado un exhorto para proteger la independencia de los medios en México y para asegurar que el nuevo proyecto de ley sobre publicidad oficial estableciera garantías a la independencia de los medios y a la libertad de expresión.
Al respecto de la aprobación del Senado de dicha Ley, la Oficina en México del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos señaló que la Ley de Comunicación Social mantiene "un sistema de discrecionalidad" y no pone límite a los montos a ser otorgados, además de que no establece controles externos o sociales como contrapeso al sistema de asignación.
También agrega que el adoptar dicha Ley de Comunicación Social sin tomar en cuenta estándares internacionales de derechos humanos, se pierde "una oportunidad histórica de corregir las malas prácticas que existen en torno a la asignación de la publicidad oficial en México".
"Miembros del gobierno de México utilizan miles de millones de pesos al año en publicidad oficial, pero la falta de regulación constituye un serio riesgo para la independencia de los medios y viola el derecho a la información”, manifestaron al respecto Edison Lanza, Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH y David Kaye, Relator Especial de las Naciones Unidas para la libertad de opinión y expresión.
De igual modo, los expertos resaltaron que "México tiene la obligación de establecer un marco normativo sobre la publicidad oficial que contenga reglas claras sobre sus objetivos, criterios de asignación y procedimientos a fin de impedir cualquier uso discriminatorio o arbitrario de estos fondos".
Ambos expertos, en su informe preliminar al finalizar una visita oficial conjunta a México, el pasado mes de diciembre, instaron al Congreso "no sólo a adoptar normas claras y públicas que rijan la publicidad oficial y que aseguren la presentación de informes de forma regular y específica, sino que también desarrollen un plan para limitar de forma progresiva este tipo de gastos, en consulta con la sociedad civil y los expertos pertinentes".
En su último pronunciamiento, los expertos indicaron: "Nos preocupa que el proyecto de ley propuesto deje un amplio margen de discreción a las autoridades gubernamentales para establecer criterios para la asignación y uso de fondos gubernamentales para publicidad".
Afirmaron también que "es esencial contar con criterios preestablecidos con claras obligaciones gubernamentales para explicar los fundamentos jurídicos y razones para la adopción de decisiones sobre la asignación de los fondos de publicidad, a fin de evitar el abuso y el gasto excesivo".
Otra cuestión que resaltaron fue el que “la ley debe prohibir claramente el uso la publicidad oficial para fines electorales o partidarios o para infringir la libertad de los medios y además debe establecer mecanismos para la vigilancia externa mediante un órgano autónomo”, al tiempo de enfatizar que es preocupante "la falta de un sistema efectivo de rendición de cuentas debido al incumplimiento de la ley. La ley debe contar con procedimientos de responsabilidad, sanciones y recursos apropiados".
Finalmente, apuntaron que era necesaria "una reevaluación de la legislación propuesta realizando consultas significativas con miembros de la sociedad civil y otros actores interesados para asegurar el cumplimiento de las leyes y normas internacionales de derechos humanos". Coincidimos.