La conflictividad actual o potencial de un asunto en la comunidad política es el factor que favorece su expansión y difusión. Asuntos inofensivos, que no desatan enfrentamientos, quedarán circunscritos en su localidad y pasarán sin ser vistos. Sólo demandas, asuntos, reivindicaciones, problemas, actual o potencialmente conflictivos, son los candidatos. Acontecimientos sociales que sirven de mecanismos de disparo, como son catástrofes, cambios tecnológicos, sucesos económicos, crímenes, elecciones, etcétera; y actores sociales que se encargan de convertirlos en cuestiones y ofrecer su primera definición; son los iniciadores, el primer paso del trayecto hacia la conformación de la agenda.
Dice Luis F. Aguilar Villanueva en su magnífica obra “Problemas públicos y agenda de gobierno” (Editorial Porrúa, México, 1993): “Las características de la definición son también factores que favorecen o impiden la difusión del problema entre un mayor número de ciudadanos. Las cuestiones definidas genérica y sencillamente, sin tecnicismos, que presentan aspectos nuevos y de significación duradera para grandes núcleos de población, son las que tienen mayor probabilidad de expandirse al gran público y de involucrarlo”.
En este sentido es importante describir cuatro tipos de públicos, a fin de determinar si el “Caso PASA” le interesa o no a la ciudadanía cuernavaquense. Primero tenemos a los “grupos de identificación”, es decir aquellos directamente afectados por el problema e involucrados en la cuestión. Después están los “grupos de atención”, o sea aquellos que por muchas razones se interesan específicamente en el problema”. Luego viene el “público atento”, aquel sector de la población interesado en estar informado de los sucesos políticos y que suele conocer los asuntos de su comunidad. Y finalmente está el “público en general”, que es la población menos interesada e informada, pero que presta atención al problema cuando es notorio y se formula emocionalmente.
En lo personal, me parece que la falta de recolección de basura, cuando estalló el conflicto entre el Ayuntamiento y PASA, movilizó a los “grupos de identificación”, incluidos aquí los ciudadanos, las autoridades municipales, los empresarios y un grupo de presión interesado en vengarse del entonces alcalde Manuel Martínez Garrigós por no haber conseguido ciertas canonjías. Cuando se resolvió el delicado asunto, se quedaron solos los regiomontanos y el grupo de presión. Actuaron también los “grupos de atención”, sobre todo al interior de partidos políticos opositores al del edil y también quienes azuzaron el “fuego amigo” desde el PRI, su propio partido. El “público atento” siempre ha estado pendiente del asunto, pero no participa en él, aunque lo haría de inmediato si la basura deja de ser recolectada. Y el “público en general”, dedicado a la feroz búsqueda de recursos económicos en la cotidianeidad de Cuernavaca (es la inmensa mayoría de la población), que volvería a activarse si el servicio de limpia fallara otra vez. Esto último es apetecible para PASA.
Así, no es extraño que los regiomontanos y el mismo grupo de presión sean los únicos interesados en prolongar el asunto. Y les son vitales los medios de comunicación. Sus intereses, sin embargo, no son del todo iguales pues el consorcio regiomontano busca obcecadamente recuperar el contrato con el Ayuntamiento de Cuernavaca, mientras el grupo de presión quisiera ver muerto y tres metros bajo tierra a Manuel Martínez Garrigós, hoy absorto en sacar adelante la elección de candidatos priístas a infinidad de cargos de elección popular que se disputarán el próximo primero de julio (hoy se expedirá la convocatoria para ayuntamientos y diputaciones locales). Obviamente, MMG está atento del procedimiento jurídico, pero a partir de su naturaleza política.
Todos los procedimientos jurídicos emprendidos por PASA han sido bastante difundidos, así como la defensa del Ayuntamiento de Cuernavaca. El primer paso dado por el consorcio ocurrió en Monterrey, donde tiene influencia en ámbitos jurisdiccionales específicos. Ante el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa tramitó un amparo por actos que asumió la comuna cuernavaquense, consiguiendo la suspensión provisional y después la definitiva. Empero, la resolución básicamente ordenaba que no le fueran cancelados el título de concesión y los pagos. El mismo juzgador sobreseyó más tarde el juicio de garantías por considerar que el contrato y la concesión de recolección de basura vinculan exclusivamente a particulares, lo que motivó una causal de improcedencia del mismo juicio. Paralelamente, el grupo argumentó que la comuna de Cuernavaca violó la suspensión definitiva porque suspendió el pago, pero el mismo juzgador resolvió que no había violación básicamente porque “se atendió a un bien primordial que era la salud de los gobernados y porque en el título de concesión PASA se compromete a que bajo ninguna circunstancia deberá suspender el servicio, adicionalmente de que no se demostró fehacientemente que el pago se haya suspendido intencionalmente”. Esta resolución fue motivo de queja por parte de la empresa ante el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en Monterrey, el cual resolvió ordenar la reposición del procedimiento y que el juez de Distrito recabara pruebas suficientes para normar su criterio.
Y así lo hizo en acatamiento a dicha resolución, pero declaró la reposición del procedimiento, amén de que remitió por incompetencia el asunto al Juzgado Primero de Distrito con sede en Cuernavaca, quien por turno conoció el delicado asunto. Esta demarcación judicial federal dio curso a la queja, aceptó su competencia y el 13 de noviembre de 2011 la declaró fundada y procedente, señalando que sí fue violada, por parte del presidente municipal de Cuernavaca, la suspensión definitiva otorgada por el juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa de Monterrey, al haber suspendido el pago por la prestación del servicio. Empero, el Ayuntamiento interpuso el 17 de noviembre del año pasado otra queja (expediente 93/2011) ante el Primer Tribunal Colegiado con sede en Cuernavaca, en contra de la resolución del Juzgado Primero de Distrito, la cual fue admitida y declarada procedente un día después. El asunto le fue turnado el 29 del mismo mes al magistrado ponente Mario Roberto Cantú Barajas y fue abordado el 17 de enero pasado por el Primer Tribunal Colegiado, emitiéndose al principio una sentencia favorable al ex alcalde Manuel Martínez Garrigós, pero que a la postre fue cambiada en sentido adverso debido a una filtración propalada por alguien allegado a MMG. Los magistrados se la cobraron.
Empero, el abogado Juan Velázquez, asesor jurídico del Ayuntamiento de Cuernavaca, declaró ayer que fue desechada y sobreseída la acción penal en contra de autoridades municipales después de que el Primer Tribunal Colegiado del XVIII Circuito de Morelos determinó que el gobierno municipal cumplió con la obligación constitucional de brindar el servicio de recolección de basura. “El Caso PASA quedó concluido. La decisión de desechar o sobreseer el juicio de amparo es absolutamente definitiva, y precisamente porque es absoluto, lo accesorio, como es la suspensión, termina; y si las autoridades actuaron como particulares, no como autoridad, no violaron la suspensión. Esto de PASA, se acabó”, destacó el jurista. Mañana seguimos con el tema.