Los diputados podrán, durante 60 días, promover y difundir sus informes anuales de gobierno y la propaganda no retirada en el tiempo límite generará descuentos a las dietas de los legisladores.
En el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” fue publicado el decreto de adición del Capítulo VI al Título Tercero y los artículos 26 bis y 26 Ter de la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Morelos, que entró en vigor a partir del 21 de agosto.
De acuerdo con las nuevas disposiciones, los informes legislativos y su difusión se llevarán a cabo en los meses de septiembre y octubre. Los diputados podrán presentar un informe principal en un acto masivo en cada una de las cabeceras del municipio o de los municipios que integren la región geográfica de su distrito, y otros eventos de manera escalonada en las distintas colonias que integren la región geográfica de su distrito.
Los medios autorizados para la promoción de los informes son medios impresos, espectaculares, gallardetes, vallas, bardas, pintas o cualquiera que se coloque en vía o espacios públicos, incluyendo la de transporte o parabuses.
También promocionales utilitarios, páginas y cuentas de partidos políticos en internet, páginas y cuentas oficiales de dependencias gubernamentales en internet, medios electrónicos y redes sociales, siempre que se trate de anuncios, mensajes publicitarios, cintillos o cualquier propaganda contratada, adquirida o pagada.
La información difundida en redes sociales personales de los servidores públicos no será tomada en cuenta como propaganda institucional y estará protegida en todo momento por su derecho a la libertad de expresión.
Por lo que hace a la difusión por medio de estaciones y canales de radio y televisión, se atenderá a lo dispuesto por el párrafo 5 del artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
En víspera del arranque de proceso electoral para la renovación del Congreso, la gubernatura y los 33 ayuntamientos, se estableció en la ley orgánica que ninguno de los diputados deberá realizar promoción personalizada y deberán privilegiar en todo momento, el contenido informativo y de rendición de cuentas de sus labores como servidores públicos.
También se estableció que al 31 de octubre todos los diputados deberán garantizar el retiro total de la propaganda institucional de su informe anual de labores, de lo contrario la presidencia de la Mesa Directiva ordenará la remoción de todo el material y descontará al infractor de su dieta el costo de dichos trabajos y el traslado al basurero municipal más cercano de todo el material.
La sanción pecuniaria no eximirá al infractor de otras sanciones, como las derivadas de los procedimientos sancionadores en materia electoral.