Con un retraso de dos años, fue publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el Reglamento de la Ley de Apoyo Alimentario para Personas con Discapacidad Permanente Total y Pobreza Extrema del Estado de Morelos, que prevé otorgar 200 pesos mensuales en despensa a los beneficiarios.
Con un retraso de dos años, fue publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el Reglamento de la Ley de Apoyo Alimentario para Personas con Discapacidad Permanente Total y Pobreza Extrema del Estado de Morelos, que prevé otorgar 200 pesos mensuales en despensa a los beneficiarios.
El reglamento es un instrumento que norma los requisitos y los procedimientos para hacer efectivos los beneficios previstos, así como establece específicamente las bases para la coordinación de las acciones, políticas y programas públicos orientados al mejoramiento y calidad de vida de las personas con discapacidad.
Los interesados en acceder a los beneficios deben reunir una serie de requisitos, como acreditar la discapacidad permanente y condición económica, y presentar su solicitud ante la Secretaría Desarrollo Social, cuya dependencia tendrá un plazo de 60 días hábiles para determinar si el solicitante puede o no ser beneficiario.
Bajo la premisa de que los artículos 1 y 4 de la Constitución prohíben la discriminación y establecen el derecho de toda persona a la alimentación suficiente y el Estado está obligado a garantizarla, en marzo de 2016 entró en vigor la Ley de Apoyo Alimentario para Personas con Discapacidad Permanente Total y en Pobreza Extrema, con la cual los beneficiarios podrán obtener un apoyo, que consiste en una despensa integrada por productos de la canasta básica con un valor equivalente a 200 pesos.
De acuerdo con el decreto aprobado por el Congreso, en Morelos, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) -en el año 2000- registró 29 mil 545 personas con alguna discapacidad, y en los últimos 15 años el número se multiplicó, situación que implicó que igual número de hogares y familias resultaran afectados económicamente por ese hecho.
La Secretaría de Desarrollo Social (Sedeso) -por ley- está obligada a destinar el 2.5% de su presupuesto total autorizado para los gastos de operación, supervisión y seguimiento del programa de apoyo a las personas con discapacidad y en pobreza extrema.