El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la facultad establecida en la Ley de Servicio Civil del Estado de Morelos, respecto a que el Congreso local fijará los casos en que proceda otorgar el pago de pensiones de los trabajadores municipales, con cargo al presupuesto del municipio, toda vez que es contrario al principio de libre administración presupuestal municipal.
Al resolver cinco controversias constitucionales promovidas por los municipios de Xochitepec, Zacatepec, Juitepec y Puente de Ixtla, que impugnaron la constitucionalidad de las reformas a la Ley del Servicio Civil de la entidad, por considerarlas como una intromisión indebida del Poder Legislativo en las decisiones presupuestales de los ayuntamientos. Los ministros indicaron que lo anterior no significa que los trabajadores no tengan acceso a una pensión, sino que los recursos para sufragar las mismas no pueden provenir del presupuesto municipal por mera determinación del órgano legislativo.
El Alto Tribunal señaló que si bien es cierto que el régimen de pensiones debe necesariamente considerarse en las leyes laborales que expidan las legislaturas locales, esto no implica que a través de las mismas el Congreso pueda determinar libremente los casos en que proceda otorgar esas prestaciones cuando nacen de relaciones de trabajo entre los municipios y quienes fungieron como servidores públicos a su cargo, pues no debe perderse de vista que la propia Carta Magna facultó a los ayuntamientos para ejercer en forma directa los recursos de la hacienda municipal.
Por tal razón, el diseño del régimen presupuestal municipal corresponde en exclusivo a los ayuntamientos, con base en los recursos disponibles previstos en las leyes de ingresos respectivas aprobadas por las legislaturas locales.
En ese sentido, los ministros declararon la invalidez de los artículos 24, fracción XV; 56 y 57, último párrafo de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos. La sentencia surtirá efecto a partir de la notificación al Poder Legislativo del estado de Morelos.
Congelarán solicitudes pendientes
Sobre las repercusiones que tendrá la resolución del Alto Tribunal, el diputado perredista y ex alcalde de Jiutepec, Rabindranath Salazar Solorio, explicó que el tema es muy complejo e implicará reformar no sólo la Ley del Servicio Civil sino algunas otras legislaciones para “alinearlas” y evitar que haya contradicciones que generen controversias o conflictos legales.
Dijo que esperarán a que el Alto Tribunal notifique al Congreso la resolución para que los secretarios técnicos de las comisiones de Hacienda y del Trabajo hagan el estudio de fondo y de ello se deriven las propuestas de reformas a las diversas legislaciones, aunque ya existe una iniciativa de reforma a la Ley del Servicio Civil presentada por el Poder Ejecutivo.
Sin embargo, sostuvo que derivado de la sentencia de la SCJN las solicitudes de pensión de trabajadores de los ayuntamientos en fila en el Congreso deberán esperar, en tanto se define cuál será el procedimiento que deberán seguir para su autorización.