Política
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En desacuerdo diputadas de la Comisión de Hacienda con el proceder de la presidenta de la misma


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Aseguran que sesionó sin el quórum reglamentario y permitió que asesores votaran dictámenes sin tener facultades para ello.

Con relación al boletín de prensa emitido este lunes por la mañana desde la presidencia de la Comisión de Hacienda del Congreso del Estado de Morelos, las diputadas Naida Josefina Díaz Roca, Rosalinda Rodríguez Tinoco, Blanca Nieves Sánchez Arano, Keyla Figueroa Evaristo, Ana Cristina Guevara y Tania Valentina Rodríguez Ruiz, expresamos nuestra inconformidad y desacuerdo por los procedimientos que se emplearon para llevar a cabo la sesión de la Comisión del día 5 de julio en curso, la que adoleció de falta de quórum, por lo que no es válida, pero la que –además- permitió que asesores sin facultades legales votaran como si fueran legisladores, como consta en videos e imágenes.

Más allá de la importancia del contenido de los dictámenes que se propusieron, con los que se puede estar o no de acuerdo, el caso es que no se observó lo dispuesto en el Reglamento para el Congreso del Estado de Morelos, que señala:

“ARTÍCULO 64.- Las reuniones se llevarán a cabo con la mayoría de los integrantes de la comisión, debiendo estar presente su Presidente y en caso de no existir el quórum se asentará en el acta la inasistencia de los diputados para los efectos correspondientes y se citará nuevamente. 

Las decisiones que se tomen durante las reuniones de la comisión serán por mayoría simple, en caso de empate el presidente tendrá voto de calidad”.

Esto implica que en todas las reuniones donde se deben votar dictámenes, sean ordinarias o permanentes, se debe verificar primero el quórum, situación que no se cumplió, al tener presencia de sólo cuatro de doce legisladores que conforman la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública.

A mayor abundamiento, y como consta en el orden del día de la sesión del día 5 de julio en curso, que la misma presidenta de la Comisión envió previamente a nuestros correos oficiales y a las oficinas, el punto número 2 era precisamente “declaratoria del quórum”, y fue evidente por las imágenes que circularon desde ese mismo día, que nunca hubo tal quórum y, por tanto, ni debió seguir la sesión y mucho menos permitir o inducir para que los asesores votaran, pues es contrario a las normas que rigen los procedimientos de Ley. (Se adjuntan imágenes del oficio firmado por la presidenta de la Comisión para la convocatoria y del orden del día que se adjuntó para la sesión del 5 de julio 2019). 

En consecuencia, y apegados a derecho, no es procedente que los referidos dictámenes sean incorporados al orden del día de la siguiente sesión del Pleno, pues no observaron lo que claramente dice nuestro Reglamento:

“ARTÍCULO 103.- Ningún proyecto de dictamen o proposición de acuerdo parlamentarios podrá debatirse sin que primero pase a la comisión o comisiones correspondientes y éstas hayan dictaminado”. 

Y en el caso que nos ocupa, los dictámenes ni se debatieron y mucho menos se aprobaron en la Comisión en el orden del día de la sesión correspondiente.

Pedimos a la presidenta de la Comisión que respetando los tiempos y las formalidades previstas en el artículo 64, vuelva a citar con la anticipación debida.

 

  

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La Redacción

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