Luego de que un tribunal colegiado concedió un amparo al ex comandante, el Tribunal Contencioso Administrativo emitió una nueva sentencia –bajo el expediente TCA/1aS/2510- en la que ordenó a la dependencia encargada de seguridad pública en Cuernavaca declarar la nulidad del oficio emitido el 7 de abril del 2007 por el otrora titular de la Secretaría, Rogelio Sánchez Gatica, en el que se notifica de la baja de Landa Mendoza por no haberse practicado el examen de control y confianza por supuestos motivos de salud.
Al considerar el tribunal federal que el despido fue ilegal por no cumplirse los procedimientos para dar de baja al ex subsecretario operativo, en la nueva sentencia el TCA determinó que el quejoso deberá recibir una indemnización de tres meses, como lo marca la Ley de Sistema de Seguridad Pública del Estado de Morelos.
Además, el ex jefe policíaco deberá recibir el pago de salarios caídos (que cuentan desde la fecha de su cese hasta el día en que la SPyAC emita el pago), lo correspondiente a su prima vacacional y la parte proporcional del aguinaldo. Todo ello con los respectivos aumentos salariales.
El salario mensual de Landa Mendoza era aproximadamente de 21 mil 800 pesos, lo cual significa que con la indemnización, el pago de salarios caídos y pago proporcional de sus prestaciones la Secretaría de Protección y Auxilio Ciudadano deberá pagarle más de 300 mil pesos.
2 comentarios
Hey
¡Bien por el comandante Landa! otra de MMG, una mas de que… Compartelo!
Hey
No se, si el señor se haya negado o no a practicarse… Compartelo!