La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la controversia constitucional promovida por el Instituto Morelense de Proceso Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) para impugnar la Ley de Presupuesto Participativo.
El tribunal constitucional emitió el acuerdo de admisión, por el cual emplazó como demandados a los poderes Legislativo y Ejecutivo, así como a la Secretaría de Hacienda estatal, a quienes requirió informes.
“Además, a fin de integrar debidamente el expediente, se requiere al Poder Legislativo del Estado de Morelos, para que al dar contestación a la demanda, remita a este Alto Tribunal copia certificada de los antecedentes legislativos de la ley impugnada, incluyendo las iniciativas, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado, en las que conste la votación de los integrantes de ese órgano legislativo, y los diarios de debates.
“Asimismo, se requiere al Poder Ejecutivo de la entidad para que, en el plazo indicado con antelación, envíe a este Alto Tribunal un ejemplar o copia certificada del Periódico Oficial del Estado en el que se haya publicado la ley controvertida, así como copia certificada de las documentales del oficio impugnado en este medio de control constitucional, apercibidos que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa”, estableció la SCJN.
De acuerdo con la controversia constitucional 84/2021, al expedirse la ley impugnada, el Congreso no etiquetó recursos económicos para llevar a cabo la consulta ciudadana que garantice la aplicación de un presupuesto participativo en Morelos.