Impugnan convocatoria.
Dos nuevos amparos y un recurso de queja fueron presentados ante los tribunales federales para impugnar la convocatoria para la designación de la titular del Instituto de la Mujer del Estado de Morelos (Imem).
En medio de opiniones a favor y en contra de su desempeño como directora General del Imem, Flore Dessiré León Hernández promovió una queja ante Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa para impugnar la decisión del Juzgado Octavo de Distrito de desechar su juicio de amparo 855/2021, promovido en julio pasado ante las declaraciones de legisladores sobre la víspera del lanzamiento de la convocatoria para sustituirla sin antes agotar el proceso para su ratificación o no por un segundo periodo.
Hace unos días, de manera sigilosa, presentó una nueva demanda de amparo radicada en el Juzgado Primero de Distrito en la que la todavía directora del instituto -cuyo periodo concluye el próximo 28 de agosto- reclamó omisión de la Junta Política y de Gobierno del Congreso del Estado Congreso de Morelos de “brindar respuesta fundada y motivada a la solicitud de fecha 7 de julio de 2021” en la que solicitó ser evaluada para su eventual ratificación.
“En principio debe decirse que de la integridad del escrito de demanda se advierte que el acto que se reclama es la omisión de la Junta Política y de Gobierno del Congreso del Estado de dar contestación a su escrito presentado siete de julio del año en curso, pues la quejosa así lo manifestó expresamente en su capítulo de acto reclamado.
“Lo anterior, sin inobservar que la quejosa en su capítulo de antecedentes manifieste que dicha petición es con la finalidad de que todos los Diputados tuvieran conocimiento de su solicitud y la posibilidad de hacer efectivo el proceso de ratificación contenido en el artículo 23 de la Constitución Política del Estado Libré y Soberano de Morelos, no obstante, se advierte que tal cuestión es un vicio intrínseco que le atribuye a la falta de respuesta a su escrito, y por tanto, en todo caso, un concepto de violación que formula en su contra”, dice parte de la demanda de amparo.
Pese a que León Hernández solicitó la suspensión provisional, la autoridad jurisdiccional negó la medida cautelar. “Sobre esa base, con fundamento en el artículo 138, fracción I, de la Ley de Amparo, se niega la suspensión provisional, pues de concederse la suspensión pretendida, se contravendría el segundo párrafo del artículo 131 de la Ley de Amparo, ya que se constituiría un derecho a favor de la quejosa, el cual es precisamente el que se encuentra controvertido en el presente juicio, por lo que constituye la materia de fondo, determinar si ese derecho le resulta violentado o no”.
Paralelamente, fue promovido otro juicio de amparo en el Juzgado Cuarto de Distrito, cuya parte quejosa solicitó reservar sus datos personales, en el que expresamente impugna el proceso de designación de la titular del Imem.
La parte quejosa solicitó al Instituto Federal de Defensoría Pública Delegación Morelos la designación de un asesor jurídico y en los próximos días el defensor público deberá aceptar y protestar la representación de la persona amparista.
Mientras tanto, el juez de distrito reservó la apertura del incidente de suspensión y determinar si procede o no conceder una medida cautelar.